Condición plazo fijo: importe vivo
Hola, tengo una duda respecto al cumplimiento de incremento de volumen de negocio en una condición de un depósito, se considera incremento si en la fecha de cálculo es igual o superior a la suma de:
-80% del valor del volumen de negocio del titular uno del depósito en la fecha inicial de referencia, más
- EL IMPORTE VIVO en la fecha de cálculo del presente depósito.
¿Alguien me puede aclarar con un ejemplo este concepto?
Gracias.