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Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?

9 respuestas
Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?
Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?
#1

Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?

 Un depósito me paga los intereses al final de los tres años, y cuando los declare en el modelo 100, Hacienda aplicará una retención. Sin embargo, si esos intereses se abonaran anualmente, no ocurriría lo mismo y recibiría la totalidad del importe. ¿Existe algún mecanismo legal para optimizar esta situación? 
#2

Re: Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?

No entiendo. ¿Por qué dices que, si se abonaran anualmente, no ocurriría lo mismo? 
No sé si te refieres a un caso concreto, pero cualquier depósito de un banco español retiene en cada abono de intereses, da igual que sea mensual, anual o a vencimiento.

#3

Re: Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?

No, eso depende exclusivamente de las condiciones del depósito. En todo caso la retención es la misma en ambos casos a no ser que superes los 6k de ingresos por intereses y pases al tramo del 21% al cobrar todo junto.

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#4

Re: Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?

Me imagino que se refiere a que si los pagos de intereses se dividen en varios años tributarían al 19%, mientras que si se hacen el mismo año sería al 21-23%
#5

Re: Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?

 
Buenas tardes. 

La retención que se aplica en cuentas y depósitos a su vencimiento por los intereses generados es del 19%. 

Si tiene intereses de forma parcial también se aplica el 19% de retención sobre ellos. 

Tributan en la base del ahorro junto con otros rendimientos del capital mobiliario. 

Sin retención solo pagarés y letras al ser al descuento no llevan la misma pero sí se tendrá que declarar esa plusvalía como rendimiento del capital. 

Luego estarían los tamos de tributación que sería hasta 6.000€ al 19% y después para los rendimientos sucesivos hasta 50.000€ se tributaría al 21% y seguiría escalando por tramos. 

Vamos que salvo que los rendimientos sean mínimos y no estés obligado a declarar aquí se tributa antes o después. 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#6

Re: Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?

A ver si lo he entendido bien. Usaré un ejemplo para ello.

Vamos a suponer que tienes un depósito de 100k al 3% TAE en el BANCO PACO.

Si te pagasen los intereses anualmente (una vez cada año) recibirías tres pagos de 3000 €. Es decir, 3000 el primer año+ 3000 el segundo + 3000 el tercero. Como ningún año superas los 6k de rendimiento total (supongamos que es tu único depósito) cada año te retendrían el 19% de esos 3000€. Es decir, cada año recibirás 2430€ (7290€ en total al acabar los tres años)

Si te pagan los intereses a vencimiento del depósito a los 3 años recibirás de golpe 9000€. Y con ellos superas el límite de 6k por lo que saltarías de tramo y la retención sería mayor. Concretamente el 21%, pero solo para la cantidad que supere los 6k. Es decir, 6000€ tributarían al 19% y los 3000€ restantes al 21%. Con lo que recibirás 4860€ + 2370 --> (7230€ en total... 60€ menos que de la otra manera) 

Y supongo que tu caso es el segundo, ¿verdad? Creo que no hay manera de evitarlo. Es algo que debe venir en las condiciones del depósito que firmarte al contratarlo. Otra cosa es que llames al BANCO PACO y les comentes la posibilidad de que te abonen los intereses anualmente. Imagino que te dirán que no pero por probar no pierdes nada.

Lamento la respuesta. Ánimo.

Un saludo
#7

Re: Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?

c
Gracias  Oxyura, muy bien razonado y las matemáticas no fallan. Y hablar con el banco pues no, es tan poca la diferencia.... y ademas, no se ni alemán ni inglés y solo iba a entender NO...jeje

Como te veo muy puesto en esto ahora te pido un favor en base al dato que te voy a dar.
Yo estoy jubilado por incapacidad absoluta, y de verdad te digo que no se hasta que cantidad estoy exento de tributar. Se que a mi no me retienen nada mensualmente, es todo lo que se. Asi es que si quieres hacerme el favor de hacerme el calculo con este dato que te he dado te lo agradecería.
Tengo un 33% de incapacidad.
 
#8

Re: Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?

Lamento decirte que no soy ningún experto en fiscalidad por lo que desconozco cómo te repercute la discapacidad en la exención de tributar.
Este foro está lleno de personas que saben infinitamente más que yo así que seguro que te contestan. 
Si no lo hacen por aquí quizá deberías hacer la consulta específica en el subforo de fiscalidad.

Un saludo
#9

Re: Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?

 
Hace tres o cuatro años, al hacer la declaración de la renta, revisé cuánto podía incluir en intereses sin que me aplicaran retención, y el límite era de aproximadamente 10.000 €. 

Esta semana, cuando publiquen el borrador (creo que el día 19), haré los cálculos y sabré con exactitud hasta qué cantidad estoy exento. 

Supongamos que el límite sigue siendo 10.000 €. 

  • En el Banco Paco, recibiré 9.000 € en intereses dentro de tres años, por lo que no sufriré retenciones.
  • Sin embargo, si además tengo otro depósito en el Banco Manolo que me genera otros 9.000 €, aquí sí aplicarán retención.

Mis calculos serían:

Intereses totales: 18.000 €
Exentos: 10.000 €
Tributables: 18.000 - 10.000 = 8.000 €
Aplicando la tributación correspondiente: 
  • 6.000  al 19% = 1.140
  • 2.000 al 21% = 420 

                                                  Total a pagar: 1.560 €
 
Ahora bien, si los intereses se abonaran anualmente en lugar de cada tres años: 
  • 18.000 / 3 años = 9.000 € anuales
En este caso, no pagaría absolutamente nada. 
De todos modos, seguiré investigando. Un día de estos hablaré con los de Raisin a ver qué me dicen, aunque estoy de acuerdo contigo en saber cual va a ser la respuesta. jeje
#10

Re: Intereses de depósito a 3 años: ¿Alguien tiene solución a esto?

 Mezclas conceptos y extraes conclusiones erróneas.
Tu pensión de incapacidad permanente absoluta es un ingreso exento de tributar en el IRPF, por eso su pagador (el INSS o Clases Pasivas) no te practica retención ninguna. La exención sólo afecta a tu pensión, no al resto de ingresos que puedas tener, que sí están sujetos a tributación: intereses, dividendos, alquileres percibidos, ganancias en venta de acciones o pisos, rendimientos de un negocio o actividad económica, etc. 

Los intereses (rendimientos del capital mobiliario) que percibes por tus depósitos o cuentas corrientes están sujetos a tributación en el IRPF, y sus pagadores (los Bancos normalmente,) practican retención A CUENTA del IRPF, que es obligatoria en España, da igual si el contribuyente tiene discapacidad o no, o si percibe una pensión de incapacidad permanente absoluta o total, o cobra un salario de 1.000 o de 7.000 € mensuales. En España, para todos, la retención a cuenta del IRPF en los intereses es del 19% hasta 6.000 €, y del 21% de 6001 a 50.000, como ya te han dicho. No puedes evitar esta retención en España. En otros países, la existencia o no de retención sobre los intereses dependerá de su legislación, no de tu condición de discapacitado.

Cuestión distinta es que tu declaración de la renta, en la que debes incluir todos tus rendimientos de diverso tipo sujetos a tributación, por la aplicación de los mínimos personal, por ascendientes o descendientes si procede, y por discapacidad, o la aplicación de deducciones que te puedan corresponder, arroje el resultado de que te devuelvan la totalidad o parte de las retenciones a cuenta sobre los intereses que hayas soportado.  Pero eso no significa de ningún modo que una parte o todos los intereses que percibes estén exentos de tributar, como erróneamente afirmas. 
Que la declaración de renta te sale a devolver, sí. Que los intereses que cobras están exentos, no.
Guía Básica