Diferencia entre depósitos en bancos españoles y sucursales extranjeras
El B. Espíritu Santo ofrece depósitos a dos años a 4,80% anual, a partir de 25.000 euros. En cambio las entidades españolas, si prospera -que parece que sí- la propuesta de la ministra Salgado, no podrán alcanzar esa cifra.
De aprobarse el 10 de junio la normativa propuesta por el Banco de España, ninguna entidad adscrita al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) español podrá superar ni igualar la rentabilidad que ofrece el nuevo producto del B.E.S. Las entidades adscritas al Fondo de Garantía español tendrán un límite para ofertar sus depósitos.
La rentabilidad no podrá superar el euribor a 12 meses -situado ahora en el 2,13%- más 100 puntos básicos, es decir, que no podrán ser superiores al 3,1%. Si se diera el caso, deberán pagar una cantidad adicional al FGD.
La nueva normativa beneficiaría indirectamente las entidades extranjeras que operan a través de sucursales en nuestro país pues no están sujetas a la normativa que establece el FGD español. Es el caso del banco luso Espíritu Santo o del holandés ING Direct (se encuentran adscritas al fondo de garantía de sus respectivos países).
La patronal de la banca, la AEB, como la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) han advertido de esa desventaja para las entidades españolas.