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Duda Liquidacion Seguridad Social negativa

3 respuestas
Duda Liquidacion Seguridad Social negativa
Duda Liquidacion Seguridad Social negativa
#1

Duda Liquidacion Seguridad Social negativa

Buenos Días,

A ver si algún alma caritativa me puede orientar...
Mi mujer, siendo autónoma, tiene un único trabajador en nomina y resulta que está de baja desde Enero, entonces tengo unas dudas que a ver si alguien me puede resolver (numero las tres preguntas)

Si el Pago Delegado (Compensación IT por Enfermedad Común) alcanza los 900 € y la cotización mensual suele ser de 300 €, al final quedará un pico de 600 € que no se han podido llegar a descontar de la cuota de Febrero.
1- ¿Como se recuperan esos 600€ de Pago Delegado? ¿Hay que reclamarselos de alguna forma a la mutua? ¿Como? ¿o se deducen de próximos meses? ¿Como?

Ya aprovecho vuestra amabilidad para formular una segunda cuestión. Al tratar de hacer la liquidación de Seguridad Social de Febrero por Red Directo, me saltaba el mensaje de que La compensacion IT por Enfermedad Comun supera el máximo

Yo había aplicado en total 30 días en Febrero dado que las nominas nos mensuales, pero por algún lado he visto que si bien la Base de Cotizacón se divide siempre por 30, a la hora de realizar el pago, se hacen siempre los dias naturales del mes, en el caso de Febrero 28.
Poniendo en total 28 días en el pago delegado no me da problemas, pero:
2- ¿La Base de Contingencias Comunes o de Enfermedad también la multiplico por 28 días o corresponde por 30 días?

Y, como por convenio tengo que completar hasta el 100% del salario, la parte que le baja al trabajador porque en el pago delegado solo cubre 28/30
3- ¿tengo que asumir también esa "diferencia", o solo los % correspondientes (25% si a la Seg Social le toca el 75%), sobre los 28 días....?

Muchísimas Gracias.

 

#2

Re: Duda Liquidacion Seguridad Social negativa

Hola,
Por lo que he leído tengo entendido lo siguiente en cuanto a tus dudas:

1- Recuperación de Pago Delegado: El empresario, a la hora de abonar la cotización de sus trabajadores por el mismo período, puede descontar las cantidades soportadas en concepto de pago.

2- En cuanto al cálculo de base de cotización entiendo que para determinar la cuantía del subsidio debe calcularse, en primer lugar, la base reguladora, que se obtiene dividiendo el importe de la base de cotización, por contingencias comunes o profesionales, según corresponda, del mes anterior al de la fecha de iniciación de la situación de la incapacidad temporal, entre el número de días a que dicha cotización se refiera.
Por lo que en tu caso, se deberá de tener en cuenta la base de cotización de contingencias comunes del mes de Diciembre, ya que es el mes anterior al que se inició la baja. Y si la baja dura más de 20 días, lo que cambia no es la base sino el % a aplicar. Ya que la base solo se cambia

#3

Re: Duda Liquidacion Seguridad Social negativa

De todos modos espero que alguien pueda confirmar lo que te he puesto, ya que es lo que he podido leer en alguna ocasión y lo he dado por entendido!

Saludos!

#4

Re: Duda Liquidacion Seguridad Social negativa

Me contesto a mi mismo por si le es de utilidad alguna vez a alguien que llegue aquí buscando Info.
1- Cuando de liquida el mes con la Seguridad Social, en vez de adeudarme, me abona ella a mi.
2 y 3, Tengo que hacer frente hasta el 100% del liquido a cobrar, asi que completo todo (porcentaje y días).

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