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Duda con el recargo de equivalencia y deducción de IVA

2 respuestas
Duda con el recargo de equivalencia y deducción de IVA
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Duda con el recargo de equivalencia y deducción de IVA
#1

Duda con el recargo de equivalencia y deducción de IVA

Hola.

Estoy pendiente de abrir una tienda de comercio minorista. Ya tengo el local, pero hasta día 1 no estaré dado de alta como autónomo. Pago igualmente el mes entero dándome de alta el primer día del mes que si hago a finales. Estaré en régimen de recargo de equivalencia.

Estaba esperando a estar dado de alta para comprar el mobiliario de la tienda, contratar a la empresa de rótulos, etc. Pero luego he caído en la cuenta de que, al estar en recargo de equivalencia, no puedo deducirme el IVA de los gastos ¿es así? Y si es así, ¿me conviene más realizar ya esos gastos para tener lista la tienda el día 1 y poder empezar con el negocio?

Gracias.

#2

Re: Duda con el recargo de equivalencia y deducción de IVA

Como tu única actividad va a ser en recargo de equivlencia, no tienes derecho a deducirte ninguna cuota del IVA, ni las de las compras ordinarias, que van con recargo, ni la de servicios y suministros corrientes o las de inversiones y otras adquisiciones.

Contable y fiscalmente, ese IVA pasa a ser "mayor coste de adquisición", y la deducción es parcial vía el IRPF.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Duda con el recargo de equivalencia y deducción de IVA

Entiendo. Entonces no pierdo nada por comprar ya el mobiliario y encargar el rótulo, entre otras cosas, ya que de todos modos no voy a poder deducir el IVA ¿es así?

Gracias por tu respuesta.

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