Como revendedor no puedes manipular la cosa que revendes. Solo puedes hacer cosas como variar el empaquetado, u otras pequeñas acciones de personalización.
Esa actividad que describes, la alteración y manipuado sustancial de los equipos que vendes, más bien se corresponde con la actividad de Construcción de maquinaria de oficina y ordenadores, epígrafe 330.1.
Imagino que lo que dices de acogerte al sujeto pasivo es lo de la regla de inversión del sujeto pasivo para los revendedores que importen tecnología (Art. 84.Uno.2.g de la Ley del IVA).
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!