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Irpf - Asesoría

2 respuestas
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#1

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Hola buenos días, tengo dudas sobre una cosa, la agencia tributaria me ha echo pagar lo que me he desgravado por mi hija, ya que mi ex pareja ha puesto el 100% por tener la guarda y custodia por que vive con ella aunque tenemos custodia compartida pero yo no vivo en la misma comunidad autónoma, mi pregunta es: donde debo quitar ese irpf si es en mi nómina o en la declaración de la renta que tengo puesto el 50%. Y también debo quitar de la declaración un préstamo hipotecario sobre una casa donde no tengo valor catastral eso lo debo quitar en la agencia tributaria?

#2

Re: Irpf - Asesoría

el criterio establecido por la Dirección General de Tributos es:

Consulta vinculante   V0306-17

"partiendo de la hipótesis de que la guarda y custodia respecto a su hijo es compartida, el mínimo se prorrateará por partes iguales entre los progenitores. No obstante, de acuerdo con criterio de este Centro Directivo (entre otras, V0376-08, V0920-09 y V1500-09). Si el descendiente tiene rentas superiores a 1.800 euros anuales y presenta declaración conjunta con uno de sus progenitores, será éste el que exclusivamente disfrute, en su caso, del mínimo por aquel descendiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61.2ª de la Ley del Impuesto. "

 

Si tienes un convenio de separación o una sentencia en la que se reconoce la custodia compartida, creo que deberías haber hecho valer tu derecho.

 

#3

Re: Irpf - Asesoría

Gracias por contestarme, he ido a un Asesoria y me ha dicho que como la guarda y custodia la tiene ella no pudo ponerla, preguntaré en la agencia tributaria