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El TS falla la sujeción a IVA y no al ITP-AJD en operaciones de compras inmobiliarias entre empresas.

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El TS falla la sujeción a IVA y no al ITP-AJD en operaciones de compras inmobiliarias entre empresas.
El TS falla la sujeción a IVA y no al ITP-AJD en operaciones de compras inmobiliarias entre empresas.
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El TS falla la sujeción a IVA y no al ITP-AJD en operaciones de compras inmobiliarias entre empresas.

En todas las transmisiones inmobiliarias que se realicen entre empresarios se aplica el IVA y no el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD respectivamente).

Así de tajante se ha mostrado una sentencia de la Sala de lo Contencioso–Administrativo (Rº 5415/2005, de 14 de julio de 2010), lo que supone introducir una doctrina que aliviará muchos pleitos que las empresas tienen abiertos con las haciendas de las comunidades autónomas, ya que éstas han tratado en los últimos años de aplicar elITP a toda costa en este tipo de operaciones con ánimo recaudatorio.

Bueno pues parece que ahora las CC/AA, que no tienen un duro, tendran que devolver el ITP/AJD cobrado indebidamente.

S2

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