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¿Cómo "ANULAR" un aval, sin posibilidad de cancelarlo?

7 respuestas
¿Cómo "ANULAR" un aval, sin posibilidad de cancelarlo?
¿Cómo "ANULAR" un aval, sin posibilidad de cancelarlo?
#1

¿Cómo "ANULAR" un aval, sin posibilidad de cancelarlo?

Tengo entregado un aval bancario ante una empresa pública de la Junta de Andalucía (validado o como se diga por la Tesorería de la Seguridad Social de la Junta, el caso es que la obra para la que se hizo el aval terminó hace 3 años y medio y como la empresa pública observa una incidencia en la misma no devuelve los avales a la Contrata, pero a mí (Técnico) me mete en el mismo saco y no me da el papel para poder cancelarlo.

Para más trabas, la contrata ya no existe (suspensión de pagos, etc...) y la empresa promotora (dependiente de la Junta) quiere incautar su aval, no el mío, pero para devolvérmelo dicen que tiene que estar ésa incidencia corregida.

Conclusión: como veo que me puede dar el sol esperando, pregunto ¿hay alguna posibilidad de "anular", dejar de pagar, pactar con la entidad financiera, etc... para al menos paralizar que el aval siga corriendo hasta que la Junta se digne en liberarme?

Muchas gracias, necesito que me ayudéis. Perdón por el lenguaje tan poco técnico y cualificado para este tipo de asuntos.

#2

Re: ¿Cómo "ANULAR" un aval, sin posibilidad de cancelarlo?

Solo es posible si el beneficiario devuelve el Aval o en su defecto hace una carta de renúncia a sus derechos, porque supongo que el aval es por periodo indefinido, si tuviese un vencimiento se podría pedir la cancelación al banco por este motivo, pero me parece que al ser la "Junta" o cualquier administración pública suelen ser indefinidos.

#3

Re: ¿Cómo "ANULAR" un aval, sin posibilidad de cancelarlo?

En una ocasión yo gestione uno para fomento en Madrid, y tardaron en devolverlo cosa de 8 meses. En Cajagranada me comentaron que para anularlo solo se podía entregando el original si o si. No dieron más opciones. Si se pierde o se destruye (en un incendio por decir algo), supongo que, como dice Petersen, tendrán que hacerte un documento de renuncia o algo parecido.

El problema que tendrás es que, supongo que sigues pagando los gastos del aval, y no te hará ni p. gracia.

Suerte!

Método, disciplina y tiempo

#4

Re: ¿Cómo "ANULAR" un aval, sin posibilidad de cancelarlo?

Lo que puede ocurrir es que alguien mas papista que el papa, pida que la carta de renúncia sea con firmas legitimadas notarialmente, que no es caro, de hecho ahora en la presentación de las cuentas empresariales al registro mercantil hay que legitimarlas, el problema es conseguir que alguien se tome la molestia de ir .......

#5

Re: ¿Cómo "ANULAR" un aval, sin posibilidad de cancelarlo?

No te entiendo muy bien, yo sé que el Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos me tiene que dar la renuncia, pero ahí reside el problema, no me la van a dar, hasta que no se arrgle una humedad que hay en la obra, y como la contrata ya no existe, están en vías de incautar el aval que en su día hizo la empresa constructora, por lo que el tema se está eternizando, llevo 3,5 años y le echo otros 4.

Por eso pregunto si se puede no ya cancelar, sino bloquear o paralizar dicho aval, en un acuerdo entre el banco y yo.

Muchas Gracias, Wolfgang.

#6

Re: ¿Cómo "ANULAR" un aval, sin posibilidad de cancelarlo?

No, solo puede renunciar el beneficiario o por vencimiento del aval, porque imagina que el Banco avala a una empresa, y tu eres el benefiario que tienes la seguridad de cobras tarde o pronto .... pues la empresa que te debe dinero y el banco acuerdan cancelar el aval, y a ti te dejan en bolas, como ves no es posible, porque ¿que de valdría un aval?

#7

Re: ¿Cómo "ANULAR" un aval, sin posibilidad de cancelarlo?

quizas la opcion seria intentar trasladar los gastos de mantenimiento del aval a la junta, mediante algun mecanismo que te permita reclamar, ya que si como dices el problema no va contigo y eres un daño colateral posiblemente tengas algun derecho en ese sentido.

un saludo.

#8

Re: ¿Cómo "ANULAR" un aval, sin posibilidad de cancelarlo?

Pues me temo Godfather que estás ante un aprieto, porque como han dicho otros compañeros, hasta que no entregues el original del aval o una carta de renuncia de la Junta de Andalucía, no te van a cancelar ese aval. Siempre piden el original, pero si dispusieses de la cara de renuncia, no creo que se opusiesen a cancelártelo.

Mi recomendación sería que enviases un burofax a la Junta, solicitando que habiendo transcurrido ya el plazo de garantía de los trabajos que tú realizaste (supongo que 1 año), se sirvan a proceder a la devolución del aval depositado para garantizar la correcta ejecución de dichos trabajos. Así les obligas a responderte de manera "oficial" y justificarte el por qué no te lo devuelven, facilitándote la réplica a esa justificación.

Queremos ser un país de primera división, pero en muchos casos nuestra Administración se comporta como la de los países tercermundistas...

Suerte en tu cruzada Godfather!

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