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Si el bono térmico computa como renta en el subsidio mayores 52 añoa

5 respuestas
Si el bono térmico computa como renta en el subsidio mayores 52 añoa
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Si el bono térmico computa como renta en el subsidio mayores 52 añoa
#1

Si el bono térmico computa como renta en el subsidio mayores 52 añoa

Quería saber si el bono térmico computa como ingreso a efectos del cálculo de la renta si se está recibiendo un subsidio de desempleo de mayores de 52 años. Me gustaría saber dónde está esa normativa.
#2

Re: Si el bono térmico computa como renta en el subsidio mayores 52 añoa

No encontrará en ninguna normativa o instrucción referencia alguna a que la denominación "Bono Social Térmico! esté incluido o excluido como renta por parte del SEPE.

Lo único que se le parece y que se puede interpretar de manera similar,    es el punto i) :

  "Ayudas públicas destinadas a cubrir necesidades de vivienda que constituya el domicilio habitual del solicitante,  así como los suministros y enseres esenciales"
 

Por lo que en mi opinión esta ayuda es una renta excluida,   que NO computa.


#3

Re: Si el bono térmico computa como renta en el subsidio mayores 52 añoa

Si hay que declararla como incremento de patrimonio en el IRPF, al no considerarse un descuento como el bono eléctrico.
#4

Re: Si el bono térmico computa como renta en el subsidio mayores 52 añoa

Aqui no hablamos de la declaración del IRPF,  que es otra historia.
Nos referimos al cálculo de rentas computables a efectos de subsidios, que es lo que se refiere la consulta. 
#5

Re: Si el bono térmico computa como renta en el subsidio mayores 52 añoa

Si, si estoy de acuerdo. Es solo por dar la información completa.

No se considera renta en el caso del SEPE, conforme a lo que tú has indicado, pero no hay que olvidarse que si es renta, en este caso incremento de patrimonio, en el caso del IRPF. A diferencia del bono eléctrico que no se considera renta en ninguno de los dos procedimientos.
#6

Re: Si el bono térmico computa como renta en el subsidio mayores 52 añoa

Correcto,  pero el/la consultante no se refiere para nada al IRPF.
Lo digo para no mezclar ambas cosas,  que no tienen nada que ver la una con la otra.
Es que tiende a mezclarse todo y solo genera confusión. 
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