¿Deducción proporcional gastos deducibles local o imputación de rentas?
Hola muy buenas,
En el mes de abril de 2011 adquirí un local comercial en propiedad, me costo 130.000 euros, he tenido unos gastos entre impuestos, notario, registro, etc de 12.000 euros.
He formalizado una hipoteca de 100.000 euros. El local lo puse en alquiler en Septiembre de 2011.
La duda que tengo es si los gastos deducibles se cuentan por la totalidad del tiempo desde que lo adquirí (11-03-2011) hasta final de año y luego en la declaración (Programa Padre) se pone en -imputación de rentas- el tiempo en el que el local ha estado a disposición del titular y con eso se hace un prorrateo?, o se cuenta los gastos deducibles en el tiempo en que estuvo alquilado (3 meses)? o se computa todo el año y se hace una regla de tres por el tiempo en que estuvo alquilado y aparte se hace lo de la imputación de rentas?
Con respecto a las amortizaciones, ¿se deducirían por el mismo método?
La verdad tengo un poco de lío ojala puedan ayudar de despejar mis dudas.
Muchas gracias.
Un saludo.