Viudedad y complemento a mínimos
Hola a todos. En primer lugar decir que es mi primer comentario en este foro, y por ello puede que haya alguna formalidad que no sepa perfectamente.
Voy a la consulta.
Mi madre ( 83 años), percibe una pensión SOVI de 384,50 euros fruto de sus más de 5 años cotizados con fecha anterior a 1964.Ella es viuda desde el año 1997, y por ello cobra una pensión de viudedad que asciende a 241,62 euros. Esto es, con la suma de ambas, alcanza el importe de la pensión mínima. Mi madre no tiene ningún otro ingreso de cualquier tipo.
En el momento de reconocer la pensión de viudedad (1997), la pensión SOVI no era compatible con ninguna otra pensión de viudedad, por lo que mi madre tuvo que optar por mantener el importe de la pensión SOVI y reducir proporcionalmente la de viudedad hasta alcanzar con ambas el importe de la pensión mínima.
En el año 2005 se publicó la LEY 9/2005, de 6 de junio, para compatibilizar las pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez
e Invalidez (SOVI) con las pensiones de viudedad del sistema de la Seguridad Social. Esta ley cambia por completo lo estipulado en el momento de acceder a la pensión de viudedad (1997), pues a partir de ese momento, la ley recoge su compatibilidad.
Desde entonces, mi madre ha tenido el derecho de que el importe de la pensión de viudedad se elevara hasta la pensión mínima vigente en cada momento, solicitando el incremento a mínimos.
El problema radica en que en ningún momento mi madre ha tenido conocimiento de ese cambio normativo - persona anciana con escasos conocimientos -, y por ello no ha solicitado nunca el citado complemento.
Ha tenido conocimiento de este hecho hace 3 días por conocer a una persona en idénticas circunstancias a las de mi madre. Siendo consciente del derecho que le asiste de solicitar la anteriormente expuesto, me han informado por parte del INSS que una vez reconocido el derecho, únicamente le abonarían el importe con una retroactividad de 3 meses.
Mi pregunta es la siguiente:
Dado que con carácter anual, por parte de la administración se le ha estado actualizando la pensión e informando de las revalorizaciones anuales, ¿ no habría sido pertinente así mismo que se le hubiera informado del derecho que le asistía de que su pensión de viudedad se incrementara hasta la mínima establecida, solicitando el preceptivo complemento a mínimos?
En caso afirmativo, ¿ cabría alguna posibilidad de que el carácter retroactivo partiera del momento del cambio normativo ( 2005), y no solamente de tres meses anteriores?
Doy las gracias por adelantado por vuestras respuestas.