Gracias, creo que está ya bastante claro. Os pongo además lo que me han puesto a través del buzón de la Seguridad Social, que han tardado tres días en contestar, pero al menos, lo han hecho:
El programa informático oficial elaborado por la Agencia Estatal para la
Administración Tributaria, que es el utilizado por esta Entidad para el cálculo
de las retenciones a cuenta por IRPF ha determinado, en función de su edad,
situación familiar e importe anual de su pensión, que la retención a cuenta que
debe realizarse es la que se está practicando actualmente.
En su caso, al haberse reconocido su pensión después de enero de 2012, el tipo
de IRPF aplicable en dicho año era menor o cero, al tenerse en cuenta
únicamente los pagos a realizar durante dicho año.
Este año, sin embargo, los pagos a tener en cuenta son los que va a recibir en
total durante todo el ejercicio 1.444,00 x 14 = 20.216 eur.. Por ello, se
produce un incremento en la retención aplicable y una menor cuantía liquida a
percibir.
En definitiva, lo que me habías contestado. Gracias a todos, ¡un saludo!