Buenos días adrianl,
Casilla 921
Las deducciones por guardería son deducciones autonómicas, por ejemplo, en la Comunidad Valenciana te podrás deducir el 15% de las cantidades satisfechas, durante el período impositivo, en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil, de hijos menores de tres años, con un máximo de 270 euros, por cada hijo menor de tres años inscrito en dichas guarderías o centros de educación infantil.
Los requisitos para la aplicación de la deducción son los siguientes:
– Que los padres que convivan con el menor desarrollen actividades por cuenta propia o ajena.
– Que la suma de la base liquidable de la declaración, no sea superior a:
* 24.000 euros en declaración individual.
* 38.800 euros en declaración conjunta.
– Cuando dos contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
– Si a lo largo del año el hijo deja de ser menor de tres años el límite de esta deducción se prorrateará por el número de días del período impositivo en que el hijo haya sido menor de tres años.
Saludos.