Las preferentes se declaran lo mismo que las obligaciones, en la Casilla 025 con el signo que corresponda.
Estando en el periodo voluntario de presentación de declaración, puedes confeccionar una nueva declaración con los datos correctamente asignados, la Administración tomara la ultima como la valida.
Si la presentada ha sido de forma telemática no podrás presentar de esta forma la nueva, pero si impresa a través de una entidad financiera.
Complementaria solo es en caso de que el efecto sea favorable a la Hacienda y no tengo claro que este error le produzca quebranto.
Pero a toro pasado es difícil hacer bien la faena.
Saludos