Efectivamente es un ERROR DEL SOFTWARE DE HACIENDA que les costó asumir inicialmente pero que ya lo han asumido. Al igual que a muchos de vosotros al confirmar Tributación Conjunta se validó la Individual el día 6/4/16. Esto ya lo han solucionado, pero a los que nos afectó dicho error, aun habiendo presentando en la Delegación de Hacienda correspondiente un escrito en el Registro el día 7/4/16 para Anulación de Declaración presentada por Error de Programa y no tuvimos suerte de Paralización, tal y como indicaba Hacienda también cuando se llamaba a exponer el caso al Teléfono de Att. 901 33 55 33. Al hacer caso omiso y activando la devolución por un importe de 2.500 euros inferior al correspondiente por Declaración Conjunta, me indicaron que no queda más remedio que esperar a Mayo y presentar físicamente en la Delegación de Hacienda una Declaración realizada por el programa Padre tal y como debería de haberse confirmado, ya que NO es posible realizar una Complementaria como inicialmente me indicaron. Al presentarla en Mayo me indicaron que les avisase de mi caso para que ellos verificarían la devolución realizada e intentar agilizar estos casos. Desconozco si tendremos que realizar o marcar la Declaracion como una Sustitutiva y nos harán perder varios días en tramitarlo. Lo importante es insistir en que se apunten nuestro caso para que lo revisen de la forma más ágil posible pero sinceramente dudo que procedan de esa forma con la experiencia sufrida. ES UN ERROR DE HACIENDA y NO están dando soluciones agiles. Mi opinión en que la forma de actuar de Hacienda deja mucho que desear, trasladando mensajes erróneos de paralización, realizar complementaria que nos es imposible…, que en nuestros casos ha sido imposible realizar (en otros si y me alegro). En mi caso me han traspasado su problema ya que el error de su Software y que pusieron a nuestra disposición y que arreglaron posteriormente al recibir multitud de quejas (que además desconozco porque la prensa no lo ha denunciado al igual que la visualización de datos de otros contribuyentes al pedir su Referencia), con las pérdidas de tiempo en varias visitas a la Delegación, llamadas telefónicas y prejuicio económico ocasionado. Si insistes en ello en la Delegación cambian la cara al no saber cómo proceder y te contestan que hacienda tiene hasta fin de año plazo de Devolución. Yo aconsejo además del escrito en Registro, al estar ya en la Delegación y rellenar adicionalmente un papel que te facilitan como QUEJA describiendo nuestro caso y presentarlo en Att. Al Contribuyente poniendo claramente POR ERROR DE SOFTWARE en días Iniciales.