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Alquiler local

7 respuestas
Alquiler local
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#1

Alquiler local

Buenas tardes,
Mi consulta es la siguiente:
Mi tío es arrendador de 2 locales: uno a una S.L. y otro a un empresario individual. Mi tío ahora está jubilado( anteriormente era autónomo y cotizaba en este régimen, pero ahora ya no)¿tiene que estar inscrito en algún regimen o hacer algún trámite en Hacienda por ser arrendador?
Otra cosa: ahora vence la 1º prórroga de uno de los locales y toca hacer otra ¿existe algún modelo tipificado legalmente o no?¿sabeis de alguna plantilla?
Por último ¿es necesario firmar la prórroga ante notario?

Gracias y enhorabuena por el foro!!

#2

Re: Alquiler local

Como arrendador de locales no tiene porqué estar de alta en ningún régimen de la Seguridad Social, salvo que ello suponga la realización de una actividad económica (tenga un local dedicado exclusivamente a la actividad y al menos una persona asalariada).

Pero fiscalmente sí debe estar dado de alta como arrendador de locales, y debe hacer liquidaciones trimestrales de IVA (modelo 303) y presentar resumen anual de dicho impuesto (modelo 390), ya que en sus facturas está obligado a repercutirlo.

No es necesario firmar los contratos de alquiler ante notario, se pueden hacer en documento privado.

Saludos.

#3

Re: Alquiler local

Gracias al.rodrigo por tu pronta respuesta.

Una cosa: se están realizando las liquidaciones del Mod 303 y 390, lo que no se es si está dado de alta como arrendador de locales ¿como se puede saber? ¿y si no lo estuviera es grave?

Por último una vez que se firme la prórroga por ambas partes, se debe hacer algo con este documento,¿pagar alún tributo o pasarlo por algún organismo?

#4

Re: Alquiler local

Si presenta el IVA tiene que estar dado de alta como arrendaory no ,no hay que hacer nada con la prologa solo seguir presentando tu IVA, de todas foras te lo explicara mejor al.rodrigo.
-Saludos.

#5

Re: Alquiler local

Leyendo esto me surge una duda, porque cuando alquilamos a una empresa un local de negocio ésta se deduce el irpf, es decir que le restamos la retención del 19%???
Muchas gracias fieras!

#6

Re: Alquiler local

Porque es una retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Ese importe lo tiene que ingresar a la Agencia Tributaria. Te podría valer como símil la retención que te hacen las entidades financieras cuando te liquidan los intereses.
Saludos.

#7

Re: Alquiler local

Ya, pero luego en la declaracion de renta me siguen quitando dinero a pesar de jaber practicado retencion

#8

Re: Alquiler local

No sé si te logro entender. Las retenciones son un ingreso a cuenta del IRPF. Cuando se presenta la declaración, meses de mayo y junio de cada año, se presenta el impuesto y hacemos el resumen de todos nuestros rendimientos anuales. Con todos los datos económicos y personales obtenemos lo que definitivamente debemos de pagar por este impuesto a hacienda: cuota líquida. Pero como durante el año ya hemos ido pagando a través de las retenciones, sumamos todas ellas y las restamos de la cuota líquida. La nueva cifra que obtenemos es la cuota diferencial que puede ser positiva (y nos tocará pagar) o negativa, que quiere decir que los pagos a cuenta son superiores a lo que deberíamos haber pagado y nos tienen que devolver.
Lo siento, pero soy muy torpe...es lo que he entendido cuando has escrito "en la declaración de la renta me siguen quitando".
Saludos.