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Herencia-Grado Parentesco

6 respuestas
Herencia-Grado Parentesco
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#1

Herencia-Grado Parentesco

SUCESIONES.- GRUPO PARENTESCO?: Una persona-A-, fallece, en estado de viuda de su marido B, sin descendientes ni ascendientes; La fallecida A, deja como herederos a C, sobrina carnal de su marido B, dejando asimismo como herederos a D y E, hijos de C. ¿En que grupo de parentesco se podrían encuadrar a C, y a sus hijos D y E a la hora de hacer el Imp. Sucesiones de A?.    En Castilla y Leon.

gracias

#2

Re: Herencia-Grado Parentesco

La propia Hacienda y el Tribunal Supremo indican que los parientes por afinidad reciben el mismo tratamiento que los cosanguíneos, aunque haya fallecido el cónyuge que mantenía el vínculo de consaguineidad.

Pero, como cita este artículo, alguna comunidad autónoma ha cambiado la normativa para diferenciarlos, como Baleares:

https://www.consultingdms.com/impuesto-sucesiones-donaciones-tribunal-supremo-prohibe-castigar-parientes-afinidad-baleares-sigue-haciendolo/

Así que mira si CyL sigue la definición genérica de la ley Estatal, que incluiría el caso que citas en grupos III (sobrina) y IV (hijos de la sobrina)  o ha introducido alguna particularidad.

#3

Re: Herencia-Grado Parentesco

Muchisimas gracias por tu pronta respuesta.

saludos y buen dia

#4

Re: Herencia-Grado Parentesco

Tengo una duda 
Testamento a favor de nuera o pareja de hecho que convive con su pareja, a efecto del ISD el hijo se encuentra en el grupo II, bonificado al 99% en Canarias, la nuera a que grupo pertenece o tiene una consideracion fiscal diferente?
Un saludo
#5

Re: Herencia-Grado Parentesco

 La nuera es grupo III, nada que ver con el del hijo, menos reducción:
  • Grupo III: Adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado (hermanos, sobrinos), ascendientes y descendientes por afinidad
 Y si es pareja de hecho, no hay parentesco, es grupo IV, sin reducciones, mientras en la normativa de sucesiones no se le reconozca que se asimilen a los matrimonios.

 Grupo IV: En las adquisiciones por colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños, no habrá lugar a reducción.
 

Un saludo

#6

Re: Herencia-Grado Parentesco

Muchas gracias
Entonces la pareja de hecho y matrimonio no tienen la misma consideración a efectos de ISD?
Pensaba que en algunas CC.AA estaban equiparados 
Un saludo
#7

Re: Herencia-Grado Parentesco

Pues eso, en algunas, habrá que ver, no sé en Canarias cómo está

Un saludo