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BI del Ahorro
Buenas tardes.
Una duda. En BI del Ahorro se compensan las Pérdidas entre sí y con hasta el 25% de los Rendimientos. Y viceversa.
Pero, si aún así queda pendiente Pérdidas de alguno de los dos apartados para compensar en los 4 años siguientes ¿deben compensarse sólo con "su apartado", es decir si provenían de las Pérdidas sólo con las Ganancias, o puede seguir utilizándose el otro apartado, el de los Rendimientos, como en el año origen ?.
Gracias y un saludo,
Una duda. En BI del Ahorro se compensan las Pérdidas entre sí y con hasta el 25% de los Rendimientos. Y viceversa.
Pero, si aún así queda pendiente Pérdidas de alguno de los dos apartados para compensar en los 4 años siguientes ¿deben compensarse sólo con "su apartado", es decir si provenían de las Pérdidas sólo con las Ganancias, o puede seguir utilizándose el otro apartado, el de los Rendimientos, como en el año origen ?.
Gracias y un saludo,