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¿Cómo tributo una beca?

8 respuestas
¿Cómo tributo una beca?
¿Cómo tributo una beca?
#1

¿Cómo tributo una beca?

Buenos días. Espero que podáis ayudarme con esta duda. Soy una trabajadora por cuenta ajena y en el 2019 el ayuntamiento de mi ciudad me concedió una beca. La beca era para sufragar gastos de academia, estancia y viaje al extranjero para perfeccionamiento de inglés. Con esa beca no conseguí directamente ningún título homologado (aunque indirectamente me sirvió para aprobar un examen homologado en ese año, ya he leído que no es motivo de exención de tributación, porque el destino de la beca no fue obtener el título homologado, sino un medio más). Mi duda es: cuando le digo al programa que incorpore los datos de la beca, éste me da varias opciones, la 1ª y 2ª tengo claro que no tengo que marcarlas, la 3ª es  "Subvenciones o ayudas que se califiquen como rendimientos del trabajo" y la 4ª " Demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas ". ¿En cual debo incluirla, en la 3ª o 4ª opción? Muchas gracias por adelantado.
#2

Re: ¿Cómo tributo una beca?

En general las becas no exentas tributan como rentas del trabajo.
¿Que calificación le ha dado el pagador? ¿Cómo te figura en los datos fiscales?

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: ¿Cómo tributo una beca?

Menuda rapidez en responder! Muchísimas gracias. En mis datos fiscales aparece en Rendimientos del trabajo pero después aparece también en el cuadro "Subvenciones recogidas en la base de datos nacional de subvenciones" y con una nota al pie que dice  "Los datos que figuran en este apartado podrían aparecer también en el aptdo de "Rendimientos del Trabajo" (información recibida del modelo 190 presentado por el pagador) o en el de "Otras subvenciones, auxilios y ayudas satisfechos por las Administraciones Públicas" (información recibida del modelo 347 presentado por el pagador)". En este segundo caso aparece el importe neto, descontando la retención. ¿Significa esto que el pagador lo incluyó en "Rendimientos del trabajo" entonces?
#4

Re: ¿Cómo tributo una beca?

Sí, y que corresponde declararlo como rentas del trabajo.

Hay ayudas públicas que pueden ir aquí, como esta beca de estudios (una subvención "para que hagas algo"), y hay otras ayudas públicas que corresponde declararlas como ganancias, como una ayuda al alquiler (una subvención "por tener determinadas circunstancias económicas").

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: ¿Cómo tributo una beca?

Muchísimas gracias por tu respuesta. Tengo otra pregunta, también sobre el IRPF 2019, pero sobre si puedo desgravar un gasto concreto. La voy  a poner aquí y si hago mal pero si debo abrir otro hilo me corregís y lo hago. Es esto: Yo soy trabajadora por cuenta ajena y tb por cuenta propia. Por cuenta propia no tuve ingresos (mantengo la actividad por si acaso me aparece algún trabajo extra con el lío que conlleva hacer todos los trimestres y eso). La empresa paga mi seguridad social y por otro lado, por mi actividad, tengo mi sistema de previsión social propio con HNA (hermandad nacional de arquitectos y peritos químicos). El año pasado estuve de baja por una operación quirúrgica, y HNA me pagó la prestación por incapacidad temporal correspondiente. En mis datos fiscales veo que hacienda no incluye como gasto deducible mi aportación a HNA (S.P.P. - cobertura de incapacidad temporal). O sea, yo tengo un ingreso extra en 2019, pero el gasto que he tenido que hacer para poder optar a tener ese ingreso ¿no lo puedo desgravar? ¿No es un gasto deducible?. Todos estos años he estado pagando esa cobertura y nunca lo había incluído como gasto, pero es que este año me sale a pagar un dineral en el IRPF y estoy rebuscando donde puedo arañar algo. Lo dicho, si hago mal preguntando aquí pido perdón por adelantado y mil gracias también por adelantado.
#6

Re: ¿Cómo tributo una beca?

Las cuotas pagadas a mutualidades profesionales son deducibles del apartado de Actividades económicas.
Solo que es criterio muy firme de hacienda de solo considerar como gasto deducible aquello que es "obligatorio y/o necesario" para "obtener ingresos". Y claro, en la situación de ingresos 0,00 €, hacienda interpretará (que me los conozco) que al no haber ingresos en absoluto, tampoco cabe considerar ningún gasto como deducible. No porque no sean legales y justificados, sino por el mero hecho de no existir de donde restar (curiosamente, sí aceptan que el resultado del suma-resta sea negativo).
Hay la vía alternativa de la reducción por asimilación a planes de pensiones, solo que para eso debes disponer de un detallado donde te indiquen que parte de la cuota es para cada una de las contingencias.
Te aceptan como "reducible", similar a planes de pensiones, solo aquella parte de la cuota que cubra exclusivamente las mismas contingencias que los planes de pensiones (jubilación, incapacidad total, invalidez y/o dependencia, muerte). No te aceptarían por esta vía la parte de la cuota que te cubra incapacidad temporal.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#7

Re: ¿Cómo tributo una beca?

Muchísimas gracias de nuevo, me ayudas muchísimo.  El detallado al que te refieres sí que lo tengo: aparecen desglosados los 3 importes de: 1-Seguro Accidentes/ 2-S.P.P. -cobertura de Incapacidad Temporal/ 3-S.P.P. -cobertura de fallecimiento, invalidez y jubilación. El importe de 1 y 3 sí que los he metido siempre (así lo hacían en la asesoría que antes me hacía la declaración, cuando tenía ingresos, incluso algún año en que sin tener ingresos seguía contratándoles para que me la hiciesen y que desde que me la hago yo, he ido reproduciendo lo mismo que ellos hacían). Y por algo que has escrito, me he dado cuenta de que en mis datos fiscales ese ingreso por incapacidad, hacienda lo pone como "Retribución dineraria" (al mismo nivel que mis ingresos de la empresa, no lo pone como "Retribución dineraria por incapacidad laboral" (al mismo nivel que los ingresos de la incapacidad laboral de la empresa).
O sea, creo que entiendo lo que dices, pero... Me parece muy muy injusto. En “Retribuciones dinerarias” aparece el importe de los ingresos de la empresa en que trabajo por cuenta ajena y aparecen también unos “gastos deducibles” (están asociados a esos ingresos, que costean los gastos de S.S....). Este año a mayores, aparece también un ingreso de la prestación por incapacidad temporal, pero ¿no puede aparecer de forma similar al anterior ingreso, ningún gasto asociado a esa prestación? Para que yo haya tenido ese ingreso, he tenido que afrontar ese gasto, si no pagase la incapacidad mes a mes, no habría tenido ese ingreso. ¿Es así? Si es así, es muy injusto, ¿no?. Aquí hacienda sí que tiene de donde restar ese gasto, otros años no, en mi caso al menos, pero este año sí, es la primera vez que cobro la incapacidad y sería de justicia al menos poder restarle el gasto que me ha supuesto. No sé si con tanta ida y vuelta lo he escrito muy liado todo. Mil gracias por adelantado.

#8

Re: ¿Cómo tributo una beca?

En tu caso, se da la peor combinatoria fiscal posible.
No puedes deducir el gasto de la prima pagada por esa cobertura, y como ya tienes otros ingresos por rentas del trabajo, toda la prestación resulta gravada por IRPF.
Hay otros casos en que con la misma norma, la combinatoria fiscal resultante es justo la contraria.
Que sí tengas base de actividades económicas donde deducir esas primas, y que no tengas otras rentas del trabajo, con lo que la prestación recibida estaría en parte o totalmente exenta de IRPF.

Dada tu situación, lo único aconsejable sería que valoraras tener algún tipo de ingreso profesional, por bajito que sea. No se si estás en HNA por arquitectura o por química. Si es por arquitectura, haciendo correr por amistades y conocidos que se "quasi-regalan" "cédulas de habitabilidad" o "Certificados energéticos", que seguro que muchos necesitan uno, ya justificarías tener algún ingreso, y entonces poder restar todos los gastos necesarios (HNA u otros).
A veces, hacer un trabajo a pérdidas, por la resultante rentabilidad fiscal, puede salir muy a cuenta.

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#9

Re: ¿Cómo tributo una beca?

Estoy en HNA por arquitectura. Para 2019 ya lo tengo perdido, no tuve ingresos y por tanto, no emití ninguna factura. Para el futuro, seguiré como estoy (en 2020 emití un certificado de eficiencia energética pero como era para mi madre, no cobré nada). Hasta ahora, aunque con ingresos cero, siempre meto de gasto la colegiación y el seguro de responsabilidad civil (Asemas), en total anual son unos 450€, y en la asesoría me habían dicho que eso podía meterlo, así como el gasto del seguro de accidentes + fallecimiento, invalidez y jubilación, ambos gastos de HNA.
Nada, pues es lo que hay, quería asegurarme de que no se me escapa nada, porque el año pasado me salió a pagar 8€, y este año, que tengo menos ingresos de rendimientos del trabajo (trabajo en un colegio y en 2019 tuve menos horas de contrato que en 2018, 2700€ menos) pero tengo la beca y la prestación por incapacidad, y me sale a pagar 950€. Me duele pero es lo que hay. Te doy las gracias en especial a ti, Cachilipox, por tus aclaraciones y rapidez de respuesta. Un millón de gracias.