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¿ en la sanción de Hacienda por no declarar una donación de dinero se tiene en cuenta la bonificación ?
Un amigo quiere donar 3.000€ a su hijo en la Comunidad de Madrid.
En la Comunidad de Madrid el impuesto está bonificado en un 99% si se declara en escritura pública.
El impuesto a pagar serían: 2,30€ (7,64% del 1% de 3.000€)
Si no se declara la donación y Hacienda lo detecta, según lo que he leído, Hacienda sanciona con un cargo adicional del 50% (se considera infracción leve al no superar los 3.000€ ) sobre el importe que se debería haber pagado. Es decir, habría que abonar el impuesto mas un recargo del 50%.
->Si la sanción se calcula sobre los 2,30€, habría que pagar: 2,30 + 1,15 (50% de 2,30) = 3,45€
Pero me temo que los cálculos no son esos, además si fuera así saldría rentable no declararlo. Creo que al no hacer la escritura pública no se tiene derecho a la bonificación del 99% con lo que Hacienda haría los siguientes cálculos:
El impuesto que se debería haber pagado sin bonificación son: 229,2 (7,64% de 3.000€)
->Si la sanción se calcula sobre los 229,2€, habría que pagar: 229,2 + 114,6 (50% de 229,2) = 343,8€
A los importes anteriores habría que sumarle los intereses de demora.
A los importes anteriores habría que sumarle los intereses de demora.
(creo que el coste de un Notario para una escritura pública de una donación podría costar entorno a unos 150€)
¿ Se podría hacer la escritura púbica en ese momento y pagar la multa pero teniendo en cuenta la bonificación ?
¿ alguno me puede aclarar cual sería la sanción ? ¿ qué camino tomaría Hacienda ?
¿ alguno habéis tenido alguna experiencia sobre esto ?
Todas las aportaciones y consejos serán bien recibidos.