#1
Coeficiente abatimiento tras inspección
Hola, quería plantear una duda a ver si alguien puede echarme una mano. Declaración 2018, se omite por error declarar una ganancia patrimonial de un bien adquirido en 1967 la cual tiene derecho a aplicarle el coeficiente de abatimiento correspondiente. Llegada la paralela de la Administración por esta no se aplica el coeficiente y calcula la ganancia en base a la diferencia entre precio de adquisición, +-60€, y el de venta en 2018, 45000€. Asumido el error lógicamente se solicita que se aplique a la ganancia el coeficiente de abatimiento a lo que la AEAT se niega por considerar que ya se ejerció la opción de acogerse a la DT 9ª con la omisión y niega la aplicación de los coeficientes de abatimiento.
La cuestión es si la omisión de una declaración del incremento puede considerarse como haber optado al no acogimiento de la aplicación de los coeficientes de abatimiento ?? Una cosa es asumir las consecuencias de esa falta de declaración, sanciones, recargos, etc…, y otra, además, perder la opción de acogerse al régimen transitorio de la DT 9ª. Muchas gracias
La cuestión es si la omisión de una declaración del incremento puede considerarse como haber optado al no acogimiento de la aplicación de los coeficientes de abatimiento ?? Una cosa es asumir las consecuencias de esa falta de declaración, sanciones, recargos, etc…, y otra, además, perder la opción de acogerse al régimen transitorio de la DT 9ª. Muchas gracias