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Aviso a los Navegantes

10 respuestas
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#9

Re: Aviso a los Navegantes

Por parte del inspector es normal la presunción de que algo hay, pues dada la complejidad y variabilidad de las leyes en España, lo difícil es cumplirlas a ciencia cierta, así que seguro que si escarba, algo encuentra. Y esa es su función, encontrar.

Lo que mas me fastidia es que las normas se han hecho de tal forma que desincentivan a los inspectores de investigar a los grandes y les incentivan de investigar a los pequeños.

No hay mas que ver lo que pasó cuando intentaron investigar a las SICAV o la limitación del procedimiento de investigación a 6 meses, independientemente del tamaño de la empresa, con obligación de informar al investigado. Así, interesa más investigar al quiosquero de la esquina, que en un día lo tienen investigado, que al Santander, que en 6 meses no les da tiempo, así que ni empiezan.

#10

Re: Aviso a los Navegantes

Lo que dices se llama deformación profesional, sucede en los inspectores como en los policias (ven el mundo lleno de delincuentes) o médicos (lo ven lleno de enfermos) o los directores de oficinas bancarias (lo ven lleno de primos).

Pero, ¿no es normal que se incentive la productividad? Viendo el nivel de economía sumergida en España, aún me parece que les incentivan poco.

#11

Re: Aviso a los Navegantes

Es que al final parece que la AEAT está concentrando muchos esfuerzos en "gestión tributaria" que no es lo mismo que "inspección tributaria", entiendo que "gestión" se dedica y mucho a requerir por temas a veces de forma y a menudo de fondo pero correspondientes a temas de bajas cuantías reclamables, en ocasiones discutibles por que se trata de criterios contables (luego de pongo un ejemplo) que no suponen individualmente muchos euros, que al contribuyente le es mas rentable pagar que recurrir (en ahorro de costes de asesoria fiscal, o lo que puede suponer instar un contencioso administrativo, porque como sabes aunque ganes, los gastos de abogados hay que pagarlos, y dificilmente se condena a costas a la administración), esto al final sumado son una pequeña fortuna, tiene poco gasto para la AEAT y la recaudación global es relevante.

Un ejemplo: Un constructor que tiene una Renault Kangoo para llevar a sus 4 empleados y a él mismo a las obras donde trabajan (no hablo de un Mercedes , hablo de una Kangoo, comprada semi nueva), pues como no está matriculada como furgoneta, es un turismo, y no puede ser de otro modo porque si son 5, pues al menos deben sentarse y atarse el cinturón de seguridad. Opinión de "gestión", no es furgoneta, no se admite la deducción del carburante, la ITV, las reparaciones, el seguro, el IVA de la compra, y obviamente la amortización del inmovilizado, y el constructor puede demostrar dónde trabajó en cada obra, cuantas horas/empleado facturadas en las mismas, la distancia, etc., y lo más importante tiene coche propio, por tanto no se le puede imputar que es compartido ... pues ahora vas e instas un contencioso, que apuesto a que lo gana de calle, pero ¿cuanto vale el abogado y el procurador? .... pues mira parece ser mas barato pagar una sanción injusta y la modificación de las bases imponible ..... y "pa la saca".