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GANANCIA PATRIMONIAL con dos fechas de adquisicion - Ganancias y pérdidas patrimoniales
Buenas tardes a ver si me podéis ayudar porque estoy bloqueada.
Una pareja compra en proindiviso, una vivienda al 50% en el año 1996 por un total de 9.000 euros cada uno. Posteriormente se casan y en el año 2009 fallece la esposa, el viudo hereda el otro 50%, pero no se la adjudica hasta el 2022. (los padres renuncian a la herencia de la hija y no habían hijos).
En el 2022 se adjudica por herencia el 50% de la esposa por 22.500 €.
Y en 2022 el mismo día lo vende por 45.000 €.
Por tanto hay dos fechas de adquisición, cada uno con un valor
Una pareja compra en proindiviso, una vivienda al 50% en el año 1996 por un total de 9.000 euros cada uno. Posteriormente se casan y en el año 2009 fallece la esposa, el viudo hereda el otro 50%, pero no se la adjudica hasta el 2022. (los padres renuncian a la herencia de la hija y no habían hijos).
En el 2022 se adjudica por herencia el 50% de la esposa por 22.500 €.
Y en 2022 el mismo día lo vende por 45.000 €.
Por tanto hay dos fechas de adquisición, cada uno con un valor
- en 1996 --> 9000€
- y en 2022--> 22.500€
Pero ¿Cómo reparto el valor de la venta a cada fecha de adquisición? porque por lo que he averiguado hacienda no permite dividir al 50% el valor de la venta y aplicarlo a cada momento de adjudicación, sino que es mejor prorratearlo, es así, y en tal caso cómo he de realizar esta operación? . Aparte se que se suman los gastos correspondientes a cada operación (excepto la plusvalía que aún no le han liquidado).
Gracias
Gracias