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Ayuda informacion

3 respuestas
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#1

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Hola me gustaria saber si con un contrato de 5 horas quitan  imv  que pasos deberia dar ya que nose que hay que hacer tengo entendido que la seguridad social le avisa el gesto ya que en la app de la inss me llego el aviso con fecha de alta en el trabajo pero debo hacer algo yo pueden informarme? Gracias
#2

Re: Ayuda informacion


Lo primero que tendrías que haber hecho es comunicar que tienes un trabajo y el importe que recibirás de salario para que te ajusten la cuantía que recibes, ya que según tus circunstancias personales el ingreso mínimo complementara en parte el sueldo para llegar al mínimo estipulado.

 
No hay que olvidar que todos los beneficiarios del IMV están obligados a presentar la declaración de la Renta 2020, por lo que cuando están cobrando al mismo tiempo un sueldo y salario social, tendrán que acudir también a su cita con Hacienda.

La búsqueda activa de empleo entre las personas beneficiarias siempre ha sido uno de los requisitos, no para la solicitud, pero sí para acreditar cuando ya se está cobrando la prestación. Y en el momento en que se consiga una vacante, habrá que comunicarlo a la Seguridad Social, a través de la Sede Electrónica o acudiendo a la oficina con cita previa.


Entre la documentación a aportar habrá que llevar el nuevo contrato de trabajo. Los mismos empleados públicos de atención al ciudadano serán los que calculen el recorte. 


Un saludo

No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#3

Re: Ayuda informacion

Hola gracias por contestar  dices que lo primero que tendría que haber echo avisa a la seguridad social .
Mira yo no puedo hacer nada ya que aun no he firmado nada  solo me llego notificacion de la inss que desde el 1 /9 esta tramitada con fecha de alta y  ya no tengo nada hasta que me diga el jefe .. 
Mi pregunta era si me quitan el imv al estar contratada 5h por dia solo eso el resto lo sabia
#4

Re: Ayuda informacion


Eso que comentas no puede ser, lo primero que se hace antes de comenzar un trabajo es firmar el contrato de trabajo, y te tiene que ser entregada la copia de ese contrato sellada por el INEM.

En el contrato de trabajo deben figurar los datos obvios, el salario a percibir claro esta, el convenio al que estas acogido ese contrato, la duración del contrato, el número de días de vacaciones... etc...

Una vez firmado el contrato de trabajo, se puede iniciar la relación laboral, y claro que la empresa debe comunicar a la seguridad social la fecha de alta, pero tu debes proporcionar a la seguridad social el contrato de trabajo, con el salario a percibir y la duración del contrato, y el número de horas que vas a trabajar.


Un saludo.

No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

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