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Transferencias bancarias entre cónyuges.

8 respuestas
Transferencias bancarias entre cónyuges.
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Transferencias bancarias entre cónyuges.
#1

Transferencias bancarias entre cónyuges.

Buenas tardes,

Mi mujer y yo estamos casados en régimen de bienes gananciales.

Ella tiene cuentas bancarias a su nombre, yo tengo cuentas bancarias a mí nombre, y luego tenemos una cuenta bancaria donde los 2 somos titulares. Algunas las tenemos de antes de casarnos y otras posteriores.

Mi pregunta es si podemos hacernos transferencias bancarias de importes elevados entre nosotros sin ningún problema con hacienda. Es decir, sin tener que presentar ningún modelo a hacienda o que hacienda lo considere una donación o préstamo y nos exija explicaciones o pueda sancionarnos.

Siempre hacemos las transferencias de la cuenta conjunta a alguna de las cuentas individuales de la que solo uno somos titular, y viceversa, de la cuenta individual con un solo titular a la conjunta, para que vayan las transferencias al mismo nombre... Puede haber algún problema con hacienda por esto? E incluso podríamos hacer transferencias de una cuenta en la que yo soy único titular a otra en la que mi mujer es única titular?.

Gracias,

Saludos.


#2

Re: Transferencias bancarias entre cónyuges.

Ningun problema si la propiedad de los fondos es de ambos. Si teneis fondos privativos deberiais mantenerlos aislados para evitar problemas futuros. 
Si son de los dos es mejor dos titulares de esa forma duplicais la garantía de deposito. 
#3

Re: Transferencias bancarias entre cónyuges.

Gracias por tu respuesta.

No entiendo muy bien a qué te refieres con fondos privativos.

Al final son cuentas bancarias unas a nombre de mi mujer sola y otras a mí nombre solo, y solo tenemos una cuenta bancaria conjunta. Pero todo el dinero procede de las nóminas de mi mujer y mía.

El tema de hacer las cuentas bancarias a un solo nombre es para aprovechar las ofertas de promociones de cuentas remuneradas que llevan un tiempo ofreciendo los bancos para nuevos clientes, así nos podemos acoger a más promociones.

Quiero quedarme tranquilo de que no haya problemas con hacienda (donaciones, prestamos...) a la hora de mover por transferencias el dinero de unas cuentas a otras, entre cuentas que estén a su nombre y cuentas que están al mio y viceversa. 

Saludos.
#4

Re: Transferencias bancarias entre cónyuges.

Se refiere a dinero que estaba en estas cuentas a nombre solo de uno antes del matrimonio.
#5

Re: Transferencias bancarias entre cónyuges.

Gracias por la aclaración,

Prácticamente cuando nos casamos las cuentas estaban vacías, por lo que por ese lado no veo mucho problema.

Y por el resto ¿no hay ningún problema con hacienda por las transferencias de importes grandes entre cuentas a nombre de mi mujer y cuentas a nombre mío? Hay que declarar algo o hacienda me puede exigir algo?

Saludos.

#6

Re: Transferencias bancarias entre cónyuges.

Dinero privativo es aquel que a pesar de tener bienes gananciales pertenece exclusivamente a uno de los dos. Por ejemplo el producto de una herencia o los bienes que teníais antes del matrimonio. 
Te repito que la cuentas comunes  no hay ningún problema en que  estén a nombre de uno solo.  Probablemente hacienda os informe erróneamente de los rendimientos de capital y retención, atribuyéndolos únicamente al titular “oficial”. 
Nada que comunicar a hacienda al hacer la transferencia. “Transferencia entre cuentas comunes” en la descripción de la transferencia. 
#7

Re: Transferencias bancarias entre cónyuges.

Gracias por tus respuestas,

Perdona por tantas preguntas, pero estoy verde en el tema, y te agradezco toda la información que me estas dando.

Con cuentas comunes ¿te refieres solamente a la cuenta conjunta que tenemos en común?
O también ¿al resto de cuentas individuales que tiene tanto mi mujer solo a su nombre, como yo tengo solo al mio (algunas de antes de casarnos y otras después)? 
Me preocupan este tipo de transferencias de importes altos, las que hacemos de las cuentas, en las solo es titular mi mujer y yo no estoy por ningún lado, a las mías en las que solo soy yo titular, y viceversa.

Entiendo lo que me dices de los rendimientos de capital en qué hacienda los atribuya solo al titular de la cuenta en que se han generado... Sería necesario corregirlo en un próxima declaración o a hacienda le da igual? (Siempre hacemos declaración individual porque nos sale más favorable)

Por otro lado, aprovecho a preguntar, hay algún importe máximo de transferencia en  qué hacienda obligue a notificar, declarar o pedir explicaciones?

Saludos
#8

Re: Transferencias bancarias entre cónyuges.

Las cuentas particulares si no tenian saldp alguna al inicio del matrimonio no hay preoblema, todos los ingresos seran comunes, en cuanto a la renta si la cuenta va a nombre de uno los rendimientos generados apareceran a nombre del titular si la renta es individual apareceran a nombre de el o ella, si es conjunta se declararan a nombre de los dos.
No obtante siempre serian ingresos para los dos por ser bienes gananiales, ya que aunque sea a nombre de uno es de los dos.
En cuanto hacer taspasos ningun problema, no quiere decir que hacienda no te pueda llamar pero siendo el dinero vuestro no abria ningun problema.
#9

Re: Transferencias bancarias entre cónyuges.

Si los fondos os pertenecen a los dos, los intereses percibidos y su retencion deben declararse por mitad con independencia de la titularidad formal de la cuenta. 
A partir de 3000 euros hay que facilitar al banco la causa de la transferencia, eso no significa que hacienda no pueda interesarse y pedir explicaciones por cantidades menores. 
Entre cuentas con fondos de la sociedad de gananciales no hay que notificar nada, da igual quien sea el titular formal, uno, el otro o los dos.