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Recurso anulación Agencia Tributaria - Agencia Tributaria

2 respuestas
Recurso anulación Agencia Tributaria - Agencia Tributaria
Recurso anulación Agencia Tributaria - Agencia Tributaria
#1

Recurso anulación Agencia Tributaria - Agencia Tributaria

Un instructor de hacienda me ha revisado las declaraciones 2019,2020,2021 y 2022 alegando que no he demostrado que pago la pensión de alimentos a mis hijos. Presente todos los extractos bancarios y la sentencia y me multo por intención de defraudar..revisado el expediente 2020 por otro instructor me da la razón y me quita las multas (con la misma documentación presentada) pero 2019, 2021 y 2022 como las revisa el no me las quita. El tribunal económico ad regional me pidió una nueva sentencia de acuerdo mutuo ratificada por el juez y se la envié en la reclamación, pero se les debió extraviar al registro, por lo que no les llego la documentación.
He presentado recurso anulación ante dicho tribunal y pasado el plazo del mes ni contestan, me he dirigido repetidamente al defensor del contribuyente y tampoco contestan.
Ya tengo que poner recurso contencioso y gastarme otra cantidad de dinero en abogados porque no son capaces de contestar y han perdido los documentos presentados en su propio registro. 2 preguntas: 1 es posible que sea una represalia de hacienda y en particular del instructor por haber reclamado?, 2 es normal que el tribunal regional y el defensor del contribuyente no contesten para crearte indefensión y tengas que gastarte mucho dinero en un contencioso
#2

Re: Recurso anulación Agencia Tributaria - Agencia Tributaria

Según Maite ai (Maite.ai lidera la nueva era del derecho con Inteligencia Artificial)

Entiendo tu preocupación por esta situación. Voy a analizar y responder a tus preguntas de manera estructurada:

**1. Sobre la posible represalia:**

La actuación de la Administración Tributaria debe regirse por los principios de objetividad e imparcialidad. El [artículo 99 de la Ley General Tributaria](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a99) establece que:

- La Administración debe facilitar el ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones
- Los contribuyentes tienen derecho a obtener copia de los documentos del expediente
- Las actuaciones deben documentarse debidamente

Si consideras que existe una actuación irregular, tienes derecho a:

1. Solicitar una copia completa del expediente
2. Presentar una queja formal ante la AEAT
3. Documentar todas las comunicaciones y requerimientos

**2. Sobre la falta de respuesta:**

No es normal ni ajustado a derecho que no se conteste. El [artículo 234 de la Ley General Tributaria](https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a234) establece que:

- Las reclamaciones económico-administrativas deben tramitarse con sujeción a plazos
- Todos los actos y resoluciones que afecten a los interesados deben ser notificados
- El procedimiento económico-administrativo será gratuito

**Recomendaciones concretas:**

1. **Documentación:**
- Recopila todos los justificantes de presentación de documentos
- Solicita certificación de silencio administrativo
- Mantén copia de todas las comunicaciones

2. **Actuaciones inmediatas:**
- Presenta un escrito solicitando certificación de acto presunto
- Reitera la solicitud de copia completa del expediente
- Documenta la pérdida de documentación en el registro

3. **Recurso contencioso:**
- Aunque suponga un coste, es la vía adecuada ante el silencio
- Solicita la condena en costas a la Administración
- Incluye en la demanda todos los perjuicios causados

La jurisprudencia respalda tu posición. Por ejemplo, la [Sentencia del TSJ de Cataluña 616/2018](https://app.maite.ai/search?id=2163189&type=jurisprudencias) establece que no puede producirse indefensión por la pérdida de documentación presentada ante la Administración.

**Conclusión:**
La situación que describes no es conforme a derecho. Tienes argumentos sólidos para el recurso contencioso y para solicitar la condena en costas. La pérdida de documentación y el silencio administrativo son irregularidades que deben ser corregidas.
#3

Re: Recurso anulación Agencia Tributaria - Agencia Tributaria

Según ChatGPT Hacienda 

Según el sitio web de la Agencia Tributaria: 

La situación que planteas se enmarca en el ámbito del procedimiento tributario y de la reclamación económico-administrativa, por lo que abordaré tus consultas de manera específica: 

 

1. ¿Es posible que sea una represalia del instructor de Hacienda?

 La Agencia Tributaria está obligada a actuar de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia y legalidad, según establece el artículo 103 de la Constitución Española y el artículo 2 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003). Los funcionarios que intervienen en procedimientos tributarios no pueden actuar de forma arbitraria ni con ánimo de represalia, ya que están sujetos a controles internos y externos. Si consideras que existe una actuación intencionada en tu contra, puedes interponer una queja formal ante la Inspección General de Hacienda o incluso denunciar la actuación del instructor ante el órgano de control disciplinario de la Administración Pública. Además, cualquier irregularidad puede ser investigada por el Defensor del Pueblo, que es independiente de la Agencia Tributaria. En cualquier caso, no es habitual que haya represalias individuales, pero si tienes indicios razonables de una actuación arbitraria, esta debe ser documentada y presentada en el marco de una queja formal.  

2. ¿Es normal que el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) y el Defensor del Contribuyente no contesten?

 No es normal, ya que tanto el TEAR como el Defensor del Contribuyente tienen plazos legales para resolver las reclamaciones y recursos. A continuación, te detallo los plazos y posibles incumplimientos: 
  • Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR): Según el artículo 241 de la Ley General Tributaria, el TEAR dispone de un plazo máximo de un año para resolver las reclamaciones económico-administrativas. Si no dictan resolución en ese plazo, puedes considerar que existe silencio administrativo negativo, lo que significa que puedes recurrir directamente al recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de tu comunidad autónoma.
  • Defensor del Contribuyente: Este órgano no tiene competencias resolutivas en el fondo de los asuntos, sino que se limita a analizar y gestionar las quejas de los contribuyentes. Aunque no existe un plazo legal específico para responder, la ausencia de contestación durante un tiempo prolongado podría considerarse una falta de diligencia. De todos modos, su actuación no afecta directamente al procedimiento tributario ni al recurso ante el TEAR.
Si no recibes respuesta del TEAR ni del Defensor del Contribuyente, lamentablemente, la vía que te queda es la jurisdicción contencioso-administrativa.  

Soluciones que puedes considerar:

 
  1. Reclamar la pérdida de documentos en el registro: Si tienes constancia de que presentaste la documentación que el TEAR no recibió (por ejemplo, con un justificante de registro), puedes exigir que se subsane el expediente. La pérdida de documentos por parte de la Administración es una irregularidad grave, y tienes derecho a exigir que esta responsabilidad no te perjudique. Presenta un escrito ante el TEAR, adjuntando el justificante de registro, solicitando que se tome en consideración la documentación entregada.
  2. Presentar una queja formal:

    • Defensor del Pueblo: Si consideras que has sufrido indefensión por la pérdida de los documentos o la falta de respuesta, puedes acudir al Defensor del Pueblo (https://www.defensordelpueblo.es/) explicando tu situación. Este organismo tiene competencias para investigar irregularidades administrativas.
  3. Iniciar el recurso contencioso-administrativo: Aunque supone un coste adicional, el recurso contencioso-administrativo es la vía para resolver la falta de resolución del TEAR. Recuerda que puedes solicitar en el recurso la imposición de costas a la Administración, si queda acreditado que su actuación ha sido la causa de este proceso. Además, en el contencioso puedes solicitar que se analice el expediente completo y presentar nuevamente la documentación extraviada.
  4. Solicitud de compensación por daños y perjuicios: Si puedes demostrar que la pérdida de documentos o la falta de resolución te ha ocasionado un perjuicio económico (por ejemplo, gastos legales innecesarios), puedes solicitar una compensación a la Administración por responsabilidad patrimonial. Este procedimiento está regulado por la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
 

Recomendaciones finales:

 
  1. Consulta con un abogado especializado en derecho tributario para valorar todas las acciones posibles en tu caso concreto, especialmente si decides presentar el recurso contencioso-administrativo.
  2. Mantén un registro exhaustivo de todas las comunicaciones con la Administración y los justificantes de presentación de documentos.
  3. Si el plazo del contencioso está próximo a vencer, no esperes una respuesta del TEAR y actúa para no perder la posibilidad de recurrir.
Espero que estas orientaciones te sean útiles y que encuentres una solución favorable. Si necesitas ayuda adicional con algún trámite, no dudes en consultarme.