Buenas noches
Paso a exponer un hecho que espero ayude a otros foreros. En 2024 mi pareja y yo en régimen de gananciales, adquirimos un inmueble destinado para un hijo, finalmente no se pudo llevar a cabo las reformas previstas y hubo que venderlo.
Entre el valor de adquisición ( escritura+IVA+IAJD+Notaria) y el valor de transmisión ( valor de la escritura -plusvalia-registro-inmobiliaria) tuvimos una ganancia patrimonial que compensamos con una perdida que tuvimos en 2021.
La cuestión es que al ser declaraciónes individuales, el porcentaje de titularidad es al 50%, es decir que la ganancia patrimonial es al 50% en cada declaración y para que se de, tengo que poner los valores de adquisición y transmisión también a la mitad? Es que si los pongo al 100 *100 entonces aparece en las dos declaraciones como que tenemos el doble de ganancia, cosa que no es cierta, no sé si me explico