Fondos garantizados renta fija y compensación con minusvalías
Yo tan feliz,pensando que ,al tener minusvalias procedentes de renta variable,las podia compensar con un fondo garantizado de renta fija.
Pero leyendo por ahi un comentario y viendo el folleto(Bankinter Aguamarina),ya me entran dudas:
http://internet.cnmv.es/Portal/Consultas/IIC/Fondo.aspx?isin=ES0114839030
¿o sea a vencimiento,tributan como un deposito o como un fondo normal?
(en el primer caso no me permite compensar perdidas)¿esto pasa con todos los garantizados o solo con éste?
(veo p.ej que el folleto de un garantizado del sabadell garantia 5 es diferente
http://internet.cnmv.es/Portal/Consultas/IIC/Fondo.aspx?isin=ES0176093039)
saludos
p.ej el folleto del bankintar Aguamarina,en condiciones fiscales:
Régimen Fiscal: Las cantidades que se abonen en virtud de la garantía otorgada a favor de los partícipes estarán sujetas a la normativa
fiscal vigente el día de ejecución de la garantía. En ningún caso dichos rendimientos tendrán la consideración de rendimientos
procedentes de una IIC. Según criterio de la Dirección General de Tributos expresado en consulta no vinculante, dichas cantidades
tendrán la consideración de rendimiento de capital mobiliario sujeto a la correspondiente retención del 19% y tributan en el impuesto
sobre la renta de las personas físicas formando parte de la base liquidable del ahorro. La base liquidable del ahorro, en la parte que no
corresponda, en su caso, con el mínimo personal y familiar a que se refiere la Ley del IRPF, tributará al tipo del 21% los primeros 6.000€,
del 25% desde esa cifra hasta los 24.000€ y del 27% a partir de 24.000€.
¿esto que quiere decir,,se puede compensar o no?
Observo que la redaccion es diferente a la de otros fonods "no garantizados"
La tributación de los rendimientos obtenidos por partícipes dependerá de la legislación fiscal aplicable a su situación personal. En caso de
duda, se recomienda solicitar asesoramiento profesional. Los rendimientos obtenidos por los Fondos de Inversión tributan al 1% en el
Impuesto sobre Sociedades. Los rendimientos obtenidos por personas físicas residentes como consecuencia del reembolso o transmisión
de participaciones tienen la consideración de ganancia patrimonial, sometida a retención del 21%, o de pérdida patrimonial. Los
rendimientos obtenidos por personas físicas residentes como consecuencia del reembolso o transmisión de participaciones se integrarán, a
efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en la base liquidable del ahorro. La base liquidable del ahorro, en la parte que
no corresponda, en su caso, con el mínimo personal y familiar a que se refiere la Ley del IRPF, tributará al tipo del 21% los primeros
6.000€, del 25% desde esa cifra hasta los 24.000€ y del 27% a partir de 24.000€. Todo ello sin perjuicio del régimen fiscal previsto...
el de otro fondo garantizadfo, BS GArantia 5
Fiscalidad
La tributación de los rendimientos obtenidos por partícipes dependerá de la legislación fiscal aplicable a su situación personal. En caso de
duda, se recomienda solicitar asesoramiento profesional. Los rendimientos obtenidos por los Fondos de Inversión tributan al 1% en el
Impuesto sobre Sociedades. Los rendimientos obtenidos por personas físicas residentes como consecuencia del reembolso o transmisión
de participaciones tienen la consideración de ganancia patrimonial, sometida a retención del 21%, o de pérdida patrimonial. Los
rendimientos obtenidos por personas físicas residentes como consecuencia del reembolso o transmisión de participaciones se integrarán, a
efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en la base liquidable del ahorro. La base liquidable del ahorro, en la parte que
no corresponda, en su caso, con el mínimo personal y familiar a que se refiere la Ley del IRPF, tributará al tipo del 21% los primeros
6.000€, del 25% desde esa cifra hasta los 24.000€ y del 27% a partir de 24.000€. Todo ello sin perjuicio del régimen fiscal previsto en la
normativa vigente aplicable a los traspasos entre IIC. Para el tratamiento de los rendimientos obtenidos por personas jurídicas, no
residentes o con regímenes especiales, se estará a lo establecido en la normativa legal.
.