Adjudicación participaciones Fondo de Inversión
¡Hola!
Este es mi primer mensaje en el foro, llegue hasta aquí hace un tiempo buscando información en internet sobre un tema y la verdad que me fue muy útil, hasta ahora me limitaba a leer vuestros mensajes y aprender, ya que tengo pocos conocimientos sobre bolsa y fondos, pero ahora me ha surgido un problema y me he decidido a planteároslo.
Es sobre la herencia de unos fondos de inversión, de los que son titulares indistintos 3 personas: El marido, la mujer y el único hijo del matrimonio. Fallece el marido y ahora para cambiar la titularidad del fondo a la Mujer y al Hijo, el banco les pide que la viuda señale el concepto por el que se adjudican las participaciones en el fondo de inversión, las opciones son:
a) En pago de derechos en la sociedad conyugal
b) En pago de derechos hereditarios
Me han preguntado a mi, pero yo la verdad les he dicho que no entiendo mucho la diferencia entre adjudicarlos de una forma o de otra........testamento no había, y la idea es pasarlo a nombre de los dos y luego cancelarlos porque no están dando casi rentabilidad y luego pasar el dinero a alguna otra opción más rentable de la que seguirán siendo titulares indistintos tanto la Madre (viuda), como el Hijo.
Fiscalmente no sé si cambia el hecho de señalar una u otra opción, por otra parte entiendo que eso sólo afecta a 1/3 del global del fondo, puesto que tanto la Madre (viuda) como el Hijo, ya son titulares de los otros dos tercios.
Gracias por anticipado y un saludo.