Re: Ayuda para planificar jubilacion
En primer lugar, ruego consultar lo menos posible esa página que citas y poner todo lo que se lea en ella entre interrogantes, está llena de errores.
En segundo lugar, dije que me se la normativa bastante bien, no al dedillo. Jamás admitiré conocer al dedillo una normativa complicada, llena de interpretaciones, errores e incoherencias.
A la hora de declararlo al SEPE se debería declarar la situación en el momento de la solicitud y en el momento de hacer cada año la declaración anual de rentas para el subsidio de mayores de 52/55 o las prorrogas semestrales para los demás subsidios. Como esto es practicamente imposible, se usa normalmente lo que figura en la declaración de hacienda del año anterior pero si puedes demostrar lo primero se usará lo primero.
En el caso que planteas el SEPE sólo tendría conocimiento de ese dinero si tu lo declaras, puesto que no sale en la declaración de renta, así que aplicará el 3% anual a lo que tu declares y sólo en caso de que pueda suponer la suspensión del subsidio de pediría un certificado del banco. Es uno de esos casos de los que he hablado en otros mensajes que no te aplican el 3% de tu patrimonio sino del patrimonio del que se tenga conocimiento.
¿Es justo? No, en absoluto. Ya he dicho varias veces que si se aplicara la normativa estrictamente, muchos de los subsidiados no tendrían derecho.
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos