Lo primero que debeis hacer es liquidar la sociedad de gananciales, el 50% de todo ello es de tu madre. Luego viene la herencia de tu padre, para saber cuanto es la herencia se deben valorar los bienes que fueran suyos, en principio el otro 50% de los gananciales a ello hay añadir el valor de las donaciones hechas en vida, y a eso quitarle las deudas o cargas que hubieren pendientes.
Supongo que el piso te lo donarian tu padres, si es asi y se escrituro, mira a ver que dicen las escrituras sobre si es una donacion colacionable o no, o si dice algo sobre que esa donacion es una mejora para ti.
Si no dice nada, se deben aplicar los articulos 819 y ss del codigo civil.
Artículo 819
Las donaciones hechas a los hijos, que no tengan el concepto de mejoras, se imputarán en su legítima.
Las donaciones hechas a extraños se imputarán a la parte libre de que el testador hubiese podido disponer por su última voluntad.
En cuanto fueren inoficiosas o excedieren de la cuota disponible, se reducirán según las reglas de los artículos siguientes.
ESto lo que quiere decir es que se deben valorar los bienes que dejo tu padre incluido el valor de piso que te donaron, se hacen tres partes( una para cada hermana) si el valor del piso que te donaron entra en tu parte de legitima pues no pasa nada y es tuyo si no cabe pues tu debes compensar a tus hermanas con la diferencia, Siempre que lo donado fuere colacionable o no se reputara mejora.
Un saludo