Hola, como ya te han dicho tienes poco margen... (mejor dicho, "a priori" parecería que ninguno).
No comentas el importe de lo que te debe, imagino que es importante.
Supongo que ya has buscado otras posibles propiedades a nombre del deudor en el Registro de la Propiedad, vehículos a su nombre,... y que no disfruta de bienes a nombre de sociedad....
A tu primera pregunta, intentaría inscribir mi deuda en ambas propiedades, igual que ha hecho la Seguridad Social.
Piensa que si en algún momento la TSS cobra de alguna manera, su anotación desaparece de ambas fincas, con lo que tu posición mejorará. También mejoras mientras vayan pagando las hipotecas.
Además aunque tu embargo solo afectará a las partes indivisas que ostenta tu deudor, no creo les haga mucha gracia al resto de propietarios y si algún día quieren vender, tendrán que tener presente tu anotación.
Si con tu segunda pregunta quieres decir que, si dejaran de pagar la hipoteca, en la subasta de la ejecución hipotecaria habría remanente para cobrar tú, ya te digo que con los números que pones de valoraciones y deudas no cobrarás ni tú ni la TSS en ninguna de las dos fincas. El que se pongan de acuerdo los diferentes propietarios en dejar de pagar y permitir ejecuciones es la peor de las situaciones para tí.
La solución para mí pasa en inscribir tu deuda en ambas propiedades y confiar que vayan pagando las deudas anteriores. Cada cierto tiempo deberás controlar esas cargas anteriores y la renovación de tu anotación.
A ver si alguien más da su opinión y así contrastamos.
Saludos.