Re: Cancelación registral crédito hipotecario
Ya está, he llamado a la oficina liquidadora y me han solventado la duda sin problemas.
Pongo todos los pasos por si le sirve a alguien como ayuda.
Con el programa de autoayuda descargado, es sencillo, el enlace para descargarlo lo he puesto en el post anterior.
El enlace de instrucciones para rellenarlo es este :
http://etributs.gencat.cat/web/.content/documents/05_doc_models/arxius/600_instruccions_cast_2014.pdf
El codigo de tarifa para cancelación de hipotecas es AJ7.
El codigo de exención por cancelación es el 130.
Los sujetos pasivos son los propietarios del piso, el transmitiente es la entidad financiera.
Respecto a la duda que tenía del valor declarado del bien, en este caso no tiene importancia, se puede dejar en blanco o poner la misma cantidad que la base imponible de la hipoteca (no deja poner menos valor). Solo sirve a efectos tributarios, por ejemplo, cuando se adquiere un bien por valor distinto, si hay mucha diferencia inician inspección de revisión para ver si pueden rascar más pasta...
Todo rellenado, la semana que viene me acerco en un rato al registro y lo presento todo.