Hipoteca Suelo, la estan quitando?
He oido que hay sentencias en contra de la hipoteca suelo.
¿que sabeis?
¿en que casos si y en que casos no?
un saludo
He oido que hay sentencias en contra de la hipoteca suelo.
¿que sabeis?
¿en que casos si y en que casos no?
un saludo
Buenos días Urco3,
Recientemente he escrito un post sobre este tema, que puedes ver aquí.
Verás, el 9 de mayo de 2013 el Tribunal Supremo dictó una sentencia contra tres bancos españoles en la que se anulaba la cláusula suelo de todas sus hipotecas. De esta forma se creó una enorme confusión, pues los bancos no sabían si tenían que devolver la clausula suelo desde que dicha sentencia se dictó o todas las clausulas suelo que se habían cobrado.
El 12 de junio de 2014 la duda se resolvió por el Tribunal Supremo, al decir que debían devolverse las clausulas suelo cobradas a partir de l 9 d emayo de 2013.
Por otro lado, en el foro se lleva comentando desde hace tiempo este tema, muchos usuarios han comentado que actualmente si que se están devolviendo las cláusulas suelo.
muchisimas gracias Marina. en cuanto pueda le echo un ojo. gracias
Si se reclama de manera formal, primero al SAC y luego al Banco de España, salvo dos entidades, al menos por mi experincia en este tipo de reclamaciones administrativas, hay acuerdo con el cliente.
Donde puedo encontrar el modelo de carta SAC para la iliminacion del suelo de la hipoteca?
Alguien lo tiene.
Un saludo
Uy, uy, uy ................. esto no va de “un modelo” y rellenarlo, en la web profesional de la soy socio y nos dedicamos a reclamaciones, vemos al menos una vez por semana, peticiones de personas que con todo el derecho del mundo, han buscado un modelo por internet, que hay de muy buenos, seguros que algunos o muchos, mejores que los nuestros, pero que en lugar de adaptarlo a su caso concreto, han tirado por la directa, y piden a ver como podemos arreglar el asunto para ir al segundo paso, que es el Banco de España, que ahí cuando “la cosa se mueve”, algunos los podemos atender, otros no.
Unos pocos datos, aunque hay más:
1 – No es igual una hipoteca “nueva” que una “subrrogada”, habrá que atender al contrato (escritura).
2 – No es la misma reclamación una hipoteca con suelo-techo (tipo Sabadell, Caixa Bank ....) a otra con solo suelo (estilo Banco Popular, y algunos bancos más).
3 – No es lo mismo una reclamación que tuviera oferta vinculante a otra que no la tenga, y aún teniéndola no es igual si consta entregada tres días antes o el mismo día.
4 – Hay que atender a si el notario la revisó (y consta en la escritura no lo hizo, o por importe no debía hacerlo)
5 – No se puede indicar en la reclamación que no hay oferta vinculante, y por tanto cero información precontractual (aun cuando como tal la vinculante puede ser insuficiente), por el mero hecho que “yo no tengo copia”, porque con un argumento así (entre otros) si salen con la copia firmada, te has cargado la reclamación ¿tiene solución? Depende del caso, no te puedo decir ni si, ni no.
6 – Como pongas abuso, abusivo, o similar en la carta, pensando que es más contundente, tienes garantizado el rechazo, y que te muestren el camino al juzgado, y no hay solución posible (que no sea la vía judicial, que no significa que sea malo, pero la opción administrativa, te la habrás cargado) ¿y eso porque, si el banco “abusó” por ejemplo con un suelo del 3 y un techo del 15%? Simplemente porque la consideración de abuso, determinar su existencia, está reservada a los jueces, el Banco de España en su web lo deja muy claro, mira:
http://www.bde.es/bde/es/secciones/servicios/Particulares_y_e/Servicio_de_Recl/
Reclamaciones y quejas
Resuelve las reclamaciones y quejas que presentan los usuarios de las entidades supervisadas por el Banco de España con la pretensión de obtener la restitución de sus intereses y derechos legalmente reconocidos, como consecuencia de presuntos incumplimientos por las entidades reclamadas, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos financieros.
No admite aquellas reclamaciones que:
· No se han formulado previamente ante el servicio de atención al cliente o defensor del cliente de la entidad