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Inscripcion en el registro de propiedad

6 respuestas
Inscripcion en el registro de propiedad
Inscripcion en el registro de propiedad
#1

Inscripcion en el registro de propiedad

Hola
Mi hipoteca la firme con Caja Navarra y fué absorbida por Caixabank
Tiene que constar en la nota simple de registro de propiedad Caixabank?
Puedes oponerte a ejecucion hipotecaria por no estar inscrita?
Gracias

#2

Re: Inscripcion en el registro de propiedad

no, el banco no tiene ninguna obligación de cambiar eso .... lo hará si lo estima oportuno, y puede en cualquier momento. 

#3

Re: Inscripcion en el registro de propiedad

No puedes oponerte a ejecución hipotecaria salvo que Caixabank haya vendido el 100% de tu hipoteca a un fondo y ya no sea el acreedor de tu hipoteca, sería el fondo el que tendría que reclamar el pago de esa deuda. Pasó hace poco un caso parecido con este mismo banco.

Por cierto, te recomiendo estés pendiente de estos cambios de nombre de bancos porque a un forero ya le quisieron cobrar unos gastos por este caso: https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/3131823-cancelacion-registral-hipoteca-fusiones-bancarias

#4

Re: Inscripcion en el registro de propiedad

Gracias
Pues ésta plataforma la da como solucion en el punto 4º

Plataforma "Dación en pago" para cancelar hipotecasMe gusta esta página
1 de febrero a las 20:32 ·
SOLUCIONES PARA SU HIPOTECA
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A lo largo de estos tres últimos años, han ido saliendo diferentes posibilidades para solucionar los impago de las hipotecas, vamos a hacer una recopilación y resumen de la situación actual.:

1º Recientemente salió la ley de segunda oportunidad que es como un concurso de acreedores para personas físicas, esta muy bien para diferentes deudas pero no sirve para paralizar las hipotecas.

2º Plataforma de stop desahucios: consiguen un apoyo social y suelen paralizar el primer desahucio pero a la segunda vez el juzgado no comunica la fecha del alzamiento y se pierde la vivienda. Solo se gana tiempo.

3º-Oposición a la demanda de ejecución: esta medida es siempre aconsejable ya que todas la hipotecas tienen diferentes clausulas consideradas como abusivas: vencimiento anticipado, intereses de demora elevados, clausula suelo, IRPH, comisiones por impago. Ahora a diferencia de antes, estas clausulas pueden servir para oponerse a la ejecución, es más el juez está obligado a apreciarlas de oficio, es decir sin que las denunciemos nosotros, determinarlas suele llevar de 6 meses a un año y como se pueden recurrir a la audiencia, el proceso se puede alargar dos años solo para determinarlas con lo que obtenemos unos tres años de margen y a partir de aquí se inicia la ejecución que puede durar dos años más.

4º-Cuando finalmente se resuelven las clausulas abusivas y empieza la ejecución, tenemos que comprobar varias cosas: 1º si el banco que ejecuta es el mismo que hizo la hipoteca, muchos bancos y cajas se han fusionado y por ello deberían de haber inscrito su hipoteca a nombre de la nueva entidad (las cajas de ahorro casi todas y los bancos igual, si en el registro su hipoteca figura inscrita a nombre del banco original que ya no existe, el nuevo banco no esta legitimado para ejecutar y por lo tanto hay que pedir una nulidad y el nuevo banco inscribir e iniciar de nuevo la ejecución, esto lleva varios años más.

5º-Si su nuevo banco tiene inscrita su hipoteca o es el mismo banco que originalmente la hizo, aún tenemos una importante posibilidad, la titulación, efectivamente los bancos cuando firmaban un numero determinado de hipotecas, hacían un paquete de cientos de millones de euros y las vendían a fondos de inversión, que estos a su vez las aseguraban contra el impago y las vendían a "bonistas" en participaciones hipotecarias que son los que ostentan la propiedad parcelada de su hipoteca. Es decir el 90% de las hipotecas fueron revendidas por los bancos para poder seguir haciendo nuevas, dándose la paradoja que reclaman la ejecución sin ni siquiera ser los legitimados para ello, esto es posible porque la ley bancaria española no obliga a los bancos a registrar su venta ni a comunicar al deudor que la ha vendido (titulizado) solo esta obligado a comunicarlo a la CNMV que registra todas las escrituras de ventas de estas hipotecas. Hay una circular del banco de España que dice que los bancos que han titulizado no pueden están legitimados para ejecutar una hipoteca impagada y diferentes sentencias anulando la ejecución por falta de legitimación activa del banco.
El principal escollo de todo esto es encontrar la escritura donde se titulizó su hipoteca, en este proceso podemos ayudarle desde esta asociación.. . . puede hacernos una consulta gratuita sobre las posibilidades de nulidad de la ejecución de su hipoteca, para informarle necesitamos los siguientes datos: fecha de escritura de hipoteca, numero de la misma, entidad financiera e importe original de la misma.......llamenos 688202844

#5

Re: Inscripcion en el registro de propiedad

Me parece que eso se está debatiendo el foros legales, lo siento, por lo que sé no parecía argumento ... a ver si algún abogado del foro nos comenta. 

#6

Re: Inscripcion en el registro de propiedad

Foros legales?Es una parte del foro de Rankia?A que se refiere?
Gracias

#7

Re: Inscripcion en el registro de propiedad

No, no, es que hay varios foreros, que son abogados, no se trata de den asesoramiento legal, esto es un foro de opinión, idea, pero no una asesoria legal, no obstante si el que responde es abogado, podrá dar una respuesta con más exactitud. Otra cosa es que como esto del foro es amateur, entren en este hilo.