Subrogación: ¿quién la paga? ¿porcentaje sobre capital amortizado ya o que queda por amortizar?
Eso,
Acabo de hablar con el director de una filial de la caixa donde el vendedor al que le quiero comprar la casa tiene la hipoteca.
Por cierto se trata de un crédito hipotecario y no de un prestamo.
Nos ha dicho que la comisión establecida en el contrato es del 1% (por cierto la hipoteca, que se abrió en febrero 2007, tenía entendido que tenía un máxmo establecido por ley del 0,5%). Este 1% es sobre el capital pendiente de ser amortizado y, según dice, lo deberíamos pagar nosotros.
Preguntas:
1) ¿Es normal que se pretenda que esa comisión la paguemos los compradores?
2) ¿El porcentaje de la comisión se refiera al capital pendiente de ser amortizado y no al que se ha amortizado ya?
Lo pregunto porque en la ley 41/2007 pone, entre otras cosas, que:
En las cancelaciones subrogatorias y no subroga-
torias, totales o parciales, que se produzcan en los crédi-
tos o préstamos hipotecarios a los que se refiere el
artículo anterior de la presente Ley, la cantidad a percibir
por la entidad acreedora en concepto de compensación
por desistimiento, no podrá ser superior:
i) al 0,5 por ciento del capital amortizado anticipada-
mente cuando la amortización anticipada se produzca
dentro de los cinco primeros años de vida del crédito o
préstamo, o
ii) al 0,25 por ciento del capital amortizado anticipa-
damente cuando la amortización anticipada se produzca
en un momento posterior al indicado en el número anterior
3) ¿Cuando se habla de subrogación lo mismo da que se esté haciendo un cambio de deudor o de entidad financiera en términos de regulación de este tipo de operación?
El texto integral de la ley lo podéis encontrar aquí:
[url=www.boe.es/boe/dias/2007/12/08/pdfs/A50593-50614.pdf]Ley 41/2007 de Regulación del Mercado Hipotecario[/url]
Por cierto, aunque haya leído en varios posts que los créditos hipotecarios no se pueden subrogar, aquí en el texto de la ley habla de créditos y prestamos: ¿alguien puede aclarar como va esto? ¿No será que siendo la ley a partir de diciembre de 2007 no cubre el caso de una hipoteca como esta que se abrió en febrero de 2007?
Gracias
Un saludo