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Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

11 respuestas
Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado
Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado
#1

Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

Buenas tardes,

quisiera comentar que tengo un piso alquilado (y tiene hipoteca) desde hace unos cinco años y sólo este año he solicitado en la declaración de la renta del 2016 la deducción del 3% del valor catastral de la construcción (en mi caso este valor es mayor que el importe satisfecho de la hipoteca). No lo hice antes por desconocimiento. Quisiera preguntar si alguien sabe en qué casilla de la declaración de la renta podría comprobar si me lo han aplicado, creo que es la casilla 62 pero no estoy segura. Me han estado comprobando la declaración todos estos meses y me han hecho una liquidación paralela.

También presenté escrito para revisar los ejercicios de los años 2012 a 2015, para que me incluyan esta desgravación, pero me han contestado que tengo que enviarles toda la documentación. 

Quisiera que alguien me informara un poco sobre este tema. Yo voy aprendiendo lentamente las cosas que podemos desgravarnos y las que no, y cada año aprendo algo nuevo, es una pena que la información no sea tan accesible, ya que hay muchas cosas que nos podemos deducir y no lo sabemos.

Gracias y un saludo.

 

 

 

 

#2

Re: Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

Hola Monique. Bienvenida a Rankia.

 

Estoy muy de acuerdo con tu comentario de que existen aspectos fiscales de los cuales el contribuyente puede aprovecharse (dentro de la legalidad) y no lo hace por desconocimiento. Difiero sin embargo de tu opinión de que la información no sea accesible. Considero que en los tiempos que corren, cualquier persona puede lograr mucha información fiable a poco que se moleste en buscarla. Otra cuestión distinta es que esta materia fiscal sea un tanto compleja para un ciudadano medio. En consecuencia, tiene dos opciones: ir formándose poco a poco estudiando y leyendo de fuentes de calidad; o ponerse en manos de un profesional que le asegure que no pierda de sus derechos. Ahí ya entran otras cuestiones personales como la formación que tenga cada uno, lo bien o mal que se le den conceptos como Base Liquidable, Tipos Impositivos, retenciones, etc, el interés y esfuerzo que se esté dispuesto a destinar, etc.

 

 

 

A continuación, intento ayudarte en la consulta que haces.

Estamos hablando de rendimientos de capital inmobiliario. Si eres dueña de una propiedad de la cual obtienes rentas de alquiler, tienes que reflejar esos rendimientos en tu declaración. La ley te pide que registres los rendimientos netos, es decir la cuantía bruta que te paga el inquilino menos determinados gastos que tú -como dueña del Inmueble- debes afrontar y que por tanto reducen tu beneficio.

 

Dentro de esos gastos deducibles existe en efecto la posibilidad de anotar la depreciación del inmueble. Es como si el piso se fuera desgastando un poco cada año y la Hacienda Pública te permite contabilizar ese gasto. Puedes deducir el 3% anual calculado sobre el valor de adquisición del piso. Si no tienes ese valor ( o en determinadas circunstancias) se puede usar el valor catastral. Lo que no tiene nada que ver es el importe de la hipoteca (como escribes en tu texto) porque este concepto que tratamos no tiene nada que ver con la forma en que hayas financiado la compra, tiene que ver con los rendimientos por alquiler netos que estés cobrando.

Muy importante: el 3% se ha de calcular sobre el valor de adquisición del piso excluyendo el valor del suelo. Esto es así porque el solar donde está construído un edificio no es algo sujeto a amortización en contabiliad y por tanto se supone que esa parte no sufre depreciación.

Para calcular la cifra a deducir tendrás que calcular por tanto previamente qué proporción del valor total del inmueble es valor de suelo y qué parte es valor de vuelo. Te pongo un ejemplo sencillo. Imaginemos que el piso lo has comprado por 10.000€. Revisando el último recibo de IBI compruebas que de un valor catastral total del inmueble de 4.000€, el valor del suelo es 1.000€ y el valor de construcción 3.000€. Por tanto, puedes inferir que de los 10.000€ que pagaste, 7.500€ es el valor de edificación (es el 75% del total, al igual que 3.000/4.000 es el 75%).  Por tanto, dentro de los gastos a deducir de tu renta bruta percibida tendrías la posibilidad -entre otras cosas- de restar el 3% de los 7.500€.

 

He revisado mi declaración ordinaria de irpf del 2016. La casilla donde se registran estas deducciones es la número 68. Desconozco si en otro tipo de declaraciones (simplificadas, etc) se llevará la misma numeración de casilla.

 

No esperes que la Hacienda Pública te contabilice los cálculos de cuanto puedes deducir en esta o en otras partidas. Obviamente, es responsabilidad del contribuyente hacer uso de los derechos que le corresponden. Y aquí volveríamos a algo que ya he escrito arriba: o se preocupa de saber uno lo que puede y debe hacer; o encuentra un buen profesional que le facilite tal trabajo.

 

Te envío un cordial saludo.

#3

Re: Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

Si has declarado como gastos las cuotas de la hipoteca normal que te hagan paralela, ya que no son desgrabables, solo lo son, salvo error por mi parte, los intereses de dicha hipoteca.

 

Saludos

#4

Re: Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

Hola Adalonso, muchas gracias por tu respuesta.

En cuanto a lo de dejarlo en manos de profesionales, creo que es mejor hacerlo uno mismo si el tema no es muy complejo, algunos profesionales no se actualizan en cuanto a conocimientos y dejan mucho que desear. Creo que he acudido dos o tres veces a distintas gestorías y, o bien me hicieron las cosas mal o bien no tenían mucha idea, o tanta como yo. Entonces prefiero hacerlo yo, que para hacerlo mal lo hago yo mal gratis.

Un saludo.

#5

Re: Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

Hola, 

yo siempre acudo a la agencia tributaria para hacer la declaración. Incluí los intereses para desgravar, lo que pasa que desgravé muchas facturas de mejoras, conservación, sustitución,... y deben tener un filtro tal que a partir de x dinero te meten en el saco de las de revisar con lupa, con lupa literalmente.

Y en mi caso así ha sido, me han pedido recibos de comunidad de vecinos (y nunca antes me los habían pedido, porque nunca me habían revisado hasta ese extremo). Luego en el recibo del seguro de hogar, como venía la dirección de mis padres (porque cuando compré el piso, lógicamente antes vivía en otra parte, en casa de mis padres), me decían que no se asociaba al inmueble alquilado... En fin un montón de cosas en las cuales me han puesto muchas pegas para desgravarme, he tenido que presentar un montón de cosas. Ellos me la hicieron en junio con un valor de 868 euros a devolver y la pararlela que me llegó hace unos días era de 140 euros a devolver, con lo que espero mejorar esos 140 euros bastante. Cuando resuelvan si puedo comento algo por aquí.

Y supongo, que como todos los años, me pagarán el último día de diciembre. Estoy en la lista negra porque hace años me fuí a otra comunidad a trabajar y cuando llegó la hora de hacer la declaración de la renta y me enviaron el borrador lo acepté (e incluía la desgravación por la hipoteca de la vivienda habitual). Como comprobaron que no era mi vivienda habitual me hicieron devolver el dinero y me pusieron una sanción, porque me enteré del tema un año después, no me habían comunicado nada por carta, o al menos no a la dirección que yo dí en hacienda. Era novatilla en esos temas y me trincaron y me tocó pagar, aunque en mi caso no lo hice a mala fe, sino por desconocimiento.

Ahora todo legal y correcto, hacienda me da mucho miedo...

Un saludo

#6

Re: Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

Ok, entonces perdona, pero es que a veces se pregunta por aquí luego de una sanción, y muchas veces es por poner la cuota completa de la hipoteca, no los intereses.

Por cierto, pregunta porque leí el otro día, no se donde y no se si es aplicable a los pisos en alquiler, que si desgravas la amortización anual del piso, en caso de venta, te sube bastante la plusvalía municipal, ya que esa amortización al tienen en cuenta como menor valor del piso a la hora de la compra. Pero esto mejor que te lo confirmen.

Saludos

#7

Re: Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

Haz mezclado dos conceptos.

Plusvalía municipal, impuesto que cobra el ayuntamiento.

Incremento patrimonial, diferencía entre coste de venta y coste

#8

Re: Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

Incremento patrimonial, precio de venta menos gastos, menos precio de compra más gastos. IRPF, hacienda publica

#9

Re: Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

Llevo con un piso alquilado diez años y creo que ha sido este año el primero que hay una casilla ad hoc para este concepto.
En años anteriores había una de ingresos y otra de gastos que yo me sumaba ej un Excel y se ponía en su totalidad junto a otros conceptos comunidad, intereses del préstamo,...
Hablo de memoria pero es cuando hace diez años en la casilla de deducción de vivienda habitual se incluyó la referencia del préstamo y no de si ahora hasta la referencia catastral del piso sobre el que haces la deducción.

#10

Re: Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

Ok, ¿entonces sería en el incremento patrimonial como un menor valor de compra, puede ser? Me suena lo que comenté, que si desgrabas anualmente la amortización de la vivienda, en el momento de la venta pagabas más impuestos, no me acuerdo de cual era. Así que gracias por la correcciónl

 

Saluos

#11

Re: Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

buenas noches, he llegado hasta aqui buscando informacion sobre este tema y lo he entendido muy bien, mi pregunta es.....¿los no residente también se lo puedes desgravar?
gracias

#12

Re: Desgravación 3% valor catastral construcción en un inmueble alquilado

Hola triny.

Para NR la normativa es bastaante más compleja. La relativa a rendimientos inmobiliarios se recoge en el capítulo 3 del Manual de Tributación de NR (copio link abajo del todo).

Con carácter general, dice que hay que tributar por las rentas íntegras sin deducciones. Sin embargo, en el caso de personas físicas residentes en otro país miembro de la UE o que esté dentro del Espacio económico Europeo, entiendo que se pueden deducir los gastos similares a Residentes siempre que se acrediten como necesarios para la obtención de las rentas.

El tipo impositivo a pagar es distinto según el país donde habite el NR (puede ser el 19 o el 24%).

Es importante saber que al parecer existe la obligación de presentar trimestralmente un formulario modelo 210 con el detalle de los arrendatarios y alquileres percibidos.

No obstante, es una materia un tanto compleja y que estoy muy lejos de dominar. Yo haría una consulta directamente a la Hacienda Pública a través del teléfono  901 33 55 33.



También te dejo un link de un abogado fiscalista que trata este asunto y que me ha parecido muy interesante. Hay mas de 100 comentarios en su artículo, así que es posible que alguna pregunta (o más bien alguna respuesta) te pueda servir de ayuda.

Un saludo.



https://www.consultingdms.com/no-residentes-inmuebles-espana-hacienda-incumple-la-ley-no-se-lo-pone-facil/





https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Fiscalidad_de_no_residentes/_Impuesto_sobre_la_Renta_de_no_residentes_/Sin_establecimiento_permanente/_INFORMACION/Normativa__manuales_y_folletos/_Ayuda_Manual_tributacion_No_Residentes/Tributacion_rentas_mas_comunes_obten_en_Espana_contribuy_NR/Otros_rendimientos/Rendimientos_de_capital_inmobiliario/Rendimientos_de_capital_inmobiliario.html