Matijo, la hipoteca abierta (creo que convendrás conmigo) es un producto muy valido para un perfil determinado de personas, pero desde luego no vale como sustituto de un préstamo hipotecario, porque si se hace lo único que se consigue es coartar (o intentar coartar) el derecho del prestatario a su libre y legal derecho de subrogación, ahora bien no sé si has leído mi hilo de mayo que he puesto unas respuestas antes a la tuya, creo que es un ejemplo ilustrativo de “para que vale”. Yo tengo dos hipotecas en este momento, una de ellas “abierta” con un buen saldo disponible, de hecho nunca “consumí” el limite, ni siquiera la primera disposición, al entender que si iba a hipotecar con un “macro” garantía a la que podía “colgar” nuevas inversiones o tenia dicha posibilidad y para ello solo tenia que pagar una comisión de apertura y un algo superior gasto de constitución, para mi la tranquilidad que esto supone vale esto, puede que para otros no. En todo caso cada cual tiene sus circunstancias, ahora bien para este tipo de producto hay que buscar una buena “abierta”, que las hay, que dejan las cosas con una claridad meridiana en el contrato, en mi caso:
Un precio para disposiciones inmobiliarias (terrenos, parking, ampliaciones de vivienda, etc.), sea la primera disposición o la 46.
Una limitación máxima en cuanto a ingresos justificables, en el 40%, aunque yo creo que con un 35% también estaría bien.
Un plazo elegible para cada disposición.
Un precio distinto para disposiciones no inmobiliarias, que lo entiendo.
Una reducción del límite disponible en los últimos 5 años, que también comprendo.
Para mi es un producto que es interesante para algún caso concreto, o varios, pero desde luego no es el producto adecuado para la mayoría de los “hipotecados”.