En este caso al estar en Cataluña podría haber un problema de fechas y no se podrá firmar el día 22 a no ser que nos saltemos la ley y se modifique la fecha de la FIPER a conciencia para que hayan transcurrido esos 14 días. Con la oferta vinculante es diferente, se tiene que firmar dentro de esos 14 días y en la FIPER es después. Pensandolo de este modo no haría falta renovar la FIPER pero lo que se indica en ella es algo raro, dice esto:
El presente documento se extiende el 02/01/2018, en respuesta a su solicitud de información y no
conlleva para Open Bank, S.A. la obligación de concederle un préstamo hipotecario.
Se ha elaborado en base a la información que usted, D/Da Joseph Merrick, con
documento de identidad ********, ha facilitado hasta la fecha, así como en las actuales
condiciones del mercado financiero. La información que sigue será válida hasta el 16/01/2018.
Después de esa fecha, puede variar con arreglo a las condiciones de mercado.
Y en la oferta vinculante dice esto:
La presente oferta vinculante se extiende el 02/01/2018, en respuesta a su solicitud y se ha
elaborado en base a la información que usted, D/Da Joseph Merrick , con documento de identidad ********, ha facilitado hasta la fecha.
Salvo que medien circunstancias extraordinarias o no imputables a Open Bank, S.A., la presente
oferta vinculante tendrá una validez de catorce días naturales a contar desde la fecha de
expedición de la misma, es decir, será válida hasta el 16/01/2018, quedando sin efecto una vez
transcurrido dicho plazo.
Al haber oferta vinculante con las condiciones de la hipoteca, no es necesario que la FIPER y la oferta vinculante coincidan en fechas, en este caso ni tan siquiera podrían coincidir ninguno de esos 14 días entre ellas. Hablando claro, la oferta vinculante sustituirá a la FIPER el día 17.