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Renovación tácita - Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)

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Renovación tácita - Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)
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Renovación tácita - Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)
#1

Renovación tácita - Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)

¡Hola!
Quería exponer una duda sobre tema del alquiler y tema de renovaciones a ver si me podéis ayudar. 
Tenemos el alquiler con una gestora, es decir, no con una persona física y explico ésto porque ahora veréis el lío.

Llevamos desde el día 1 de abril del 2012 en esta casa, "contrato de 1 año prorrogable hasta 5 años", el año pasado nadie vino a hacer o decir que nos renovaban. 
Nosotros seguimos pagando religiosamente y la semana pasada aparecen los chicos que trabajan para esa gestora y nos dicen que cuando pase semana santa vendrán con su abogado para hacer la renovación. 
Es decir, que ayer día 1 de abril de 2018 cumplíamos 6 años de alquiler en la casa, 5 ellos con un contrato, otro se supone que ha sido tácito y hoy ya no tenemos nada hasta que el abogado venga la semana que viene o la otra. 
Cabe decir, que la casa es una casa grande, con jardín y que mi alquiler es barato y suponemos que ellos querrán traer al abogado para apretar en la subida de precio, pero claro... si desde ayer no tenemos contrato. ¿ Es otra renovación tácita? 
¿Por cuánto tiempo¿ ¿un año o cinco? En el caso que yo acceda a hacer un nuevo contrato, ¿la subida será el ipc o lo que ellos dispongan?
Gracias de antemano

#2

Re: Renovación tácita - Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)

Buenos días, Efusiva, léete los arts. 9 y 10 de la LAU en la versión vigente en el 2012, y verás que se prorroga de año en año hasta 3 más, salvo que te requieran con 30 días de antelación.

Si hubiera sido el caso, entonces se negociaría un nuevo contrato desde cero.

Saludos,

 

#3

Re: Renovación tácita - Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)

Coincido plenamente con la acertada respuesta del anterior compañero.