Renovación tácita - Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)
¡Hola!
Quería exponer una duda sobre tema del alquiler y tema de renovaciones a ver si me podéis ayudar.
Tenemos el alquiler con una gestora, es decir, no con una persona física y explico ésto porque ahora veréis el lío.
Llevamos desde el día 1 de abril del 2012 en esta casa, "contrato de 1 año prorrogable hasta 5 años", el año pasado nadie vino a hacer o decir que nos renovaban.
Nosotros seguimos pagando religiosamente y la semana pasada aparecen los chicos que trabajan para esa gestora y nos dicen que cuando pase semana santa vendrán con su abogado para hacer la renovación.
Es decir, que ayer día 1 de abril de 2018 cumplíamos 6 años de alquiler en la casa, 5 ellos con un contrato, otro se supone que ha sido tácito y hoy ya no tenemos nada hasta que el abogado venga la semana que viene o la otra.
Cabe decir, que la casa es una casa grande, con jardín y que mi alquiler es barato y suponemos que ellos querrán traer al abogado para apretar en la subida de precio, pero claro... si desde ayer no tenemos contrato. ¿ Es otra renovación tácita?
¿Por cuánto tiempo¿ ¿un año o cinco? En el caso que yo acceda a hacer un nuevo contrato, ¿la subida será el ipc o lo que ellos dispongan?
Gracias de antemano