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Venta de vivienda inferior al valor ya escriturado

23 respuestas
Venta de vivienda inferior al valor ya escriturado
Venta de vivienda inferior al valor ya escriturado
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#17

Re: Venta de vivienda inferior al valor ya escriturado

Escriturando a 190000, que es a lo que compraria y escrituraria, esta por encima del valor minimo...es una ooperacion segura?y como va a venor hacienda si yo he comprado a ese valor y escriturado al mismo?que culpa tengo yo?

#18

Re: Venta de vivienda inferior al valor ya escriturado

Yo si le veo repercusión, a ver si compras por 190.000 tienes el problema de que si la oficina liquidadora de impuestos de la comunidad autónoma considera que no es su precio te hará pagar los impuestos por el valor que estimen, 190, 200 ó 220 y está “complementaria” puede que con recargo e intereses.

Si compras por más de 190, pues vaya ganas de “pasar a dinero b” un dinero que es legal actualmente, porque por ejemplo si pagas 210.000 pues los 20 no cuentan para nada, el día vendas la casa, y aunque no sea tu idea ahora, las puertas es bueno que estén abiertas, tu valor de coste a la hora de pagar los impuestos por el hipotético beneficio que hagas serán los 190 (mas los gastos) o sea que de los 20.000 de ejemplo que has pagado religiosamente como no cuentan para nada tendrías que pagar impuestos de su beneficio, pues vaya ganas ……. Yo en caso como este no lo haría, ahora cada cual ….

#19

Re: Venta de vivienda inferior al valor ya escriturado

"Sólo un necio confunde valor y precio"

"Precio es lo que pagas, valor es lo que recibes"

No pongo estas citas para ofender a nadie, pero es que en este hilo se están confundiendo los dos términos constantemente:

Precio: Es lo que se paga por el piso, 190.000 euros, y es por lo que se va a escriturar. Lo determinan libremente las partes (no 'Hacienda'), y no está condicionado en ningún momento por el precio reflejado en anteriores escrituras ni por el valor catastral. El actual propietario vende perdiendo 10.000 euros (por los motivos que sea: urgencia, mala compra, depreciación, mercado a la baja, oportunidad....), pero eso es una cuestión exclusivamente de él, que tendrá reflejo en su IRPF. Ha rebajado un 5% el inmueble, pero perfectamente podría haber rebajado un 30 %, a 140.000 €, y entonces sería en eso en lo que correspondería escriturar. Pero el valor de la finca sigue siendo el que es, independientemente del mejor o peor precio que hayan negociado las partes.

Valor: (La vaquiña por lo que vale) Es la Base Imponible por la que va a liquidar la Oficina Liquidadora, por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, y será el mayor de estos dos:

a) el reflejado en escritura
b) el que la Administración compruebe por sus medios.

Si comprueba un mayor valor que el declarado en escritura, y ha sido este el utilizado en el modelo 600, hará una propuesta de liquidación por la diferencia.

Para mayor tranquilidad del ponente, perfectamente puede escriturar por los 190.000 euros , y si el valor que adjudica su CC.AA. es mayor y él lo considera razonable, liquidar y pagar el impuesto directamente por ese valor, evitándose así cualquier tipo de recargo en una muy posible 'reliquidación' que le giren.

S2

PD: Edito: Ya se me anticipó el del CSI por un minuto ...dita sea!!! (es broma)

#20

Re: Venta de vivienda inferior al valor ya escriturado

Hacienda siempre gana... si se escritura caro gana y si no también por que no te deja oponerte. Deberían hacerlo como los módulos... a tanto el metro cuadrado y listos.... por que la administración por sus medios averigua lo que quiere y lo que le interesa.

#21

Re: Venta de vivienda inferior al valor ya escriturado

Si como parece compras una vivienda en segunda escritura, esa compraventa está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, impuesto que paga el comprador.

El impuesto es recaudado por la comunidad autónoma.

Como la Hacienda Pública es muy lista y no le gusta que la timen establece unas valoraciones mínimas de los inmuebles. Si declaras como precio de conpraventa un valor inferior al que la Administración considera adecuado te envía una liquidación paralela por diferencias más los intereses correspondientes.

Esa valoración suele hacerse aplicando al valor catastral un coeficiente multiplicador. Desconozco si en todas las CC.AA. se hace así.

Esas valoraciones mínimas se publican en el boletín oficial y se pueden consultar.

Echa un vistazo en la web de tu comunidad autónoma o pregunta en el lugar correspondiente. También se lo puedes consultar al notario que se lo sabe de carrerilla.

Si declaras un valor por encima del mínimo establecido y sólo inferior en un cinco por ciento al valor anteriormente declarado, teniendo en cuenta la situación actual no deberías tener ningún problema.

#23

Re: Venta de vivienda inferior al valor ya escriturado

Aqui hay dos problemas que he detectado y que parten de un solo tema: HACIENDA NECESITA PASTA. Por primera vez se estan metiendo con todos los pisos de proteccion que no se escrituran por el PRECIO MAXIMO de venta. Habeis leido bien, por el precio maximo, no por el minimo. La consejeria da un valor maximo de venta por metro cuadrado a las viviendas de proteccion. Pues bien ese precio maximo por metro cuadrado es igual en cada zona sin tener en cuenta cosas tan importantes como antiguedad, estado,si tiene ascensor o no, etc. Lo pistonudo es que rechaza todas las reclamaciones y solo te deja la opcion del juzgado.
En segundo lugar si el importe es inferior a un multiplo del valor de la contribucion (aqui creo que el 3.2), te hacen una complementaria y en algun caso que conozco te exigen el pago del impuesto de donaciones.
Se ve que esto esta fastidiado y hay que recaudar pelas como sea.

#24

Re: Venta de vivienda inferior al valor ya escriturado

Hay que ir a una página que está muy rebuscada en la consejería de hacienda, y te ponen el coeficiente de valoración respecto al valor catastral de tu municipio.
Varía si el valor ha sido actualizado antes del 92 o no (p.e. Marbella el coefciciente es alto por que no lo han variado en la vida y aún están con el PGOU del 86, o algo así).
Y sí... nadie se escapa de pagar los impuestos que se derivan de tales valoraciones... a no ser que úno quiera ir al concencioso con una tasación pericial contradictoria para decir que el piso no vale lo que vale.... aunque para ello hay que pagar la multa previamente o depositar aval bancario, y esto último ya de por sí vale dinero mes a mes... osea que lo normal es pagar y punto.. ya que si se paga mucho ahora, cuando que quiera revender no se pagará tanta plusvalía, y entonces nos acordaremos de lo que pagamos de impuestos al principio y nos alegraremos de no tener que pagar cuando la revendamos... no como a los que les toca vender ahora y compraron en negro atxaco, que ahora tienen que pagar unas plusvalias increibles... todo por pagar en negro... en fin..
De todas maneras, para teminar... que las valoraciones y coeficientes de actualizacion de un par de años paracá han sido rebajadas por las consejerías de hacienda por la que está callendo, o sea que, por una vez en la vida, la administracion algo hace para estar un poco al loro con el tema este de las valoraciones pa no crujir tanto al contribuyente.

SAludos.