Peeeeero, lo que puede ocurrir es que en la oficina vean bien la operación, porque entra en los parámetros de concesión, le digan que si, que pinta bien, que le hagan la
tasación, la cosa siga pintando bien, y ya pues adelante ....... pero cuando todo el paquete de documentación la trasladen a su departamento hipotecario, que salvo error esto lo tienen subcontratado a gestorías, que revisan todo y no tienen ni siquiera la posibilidad de modificar una coma, y luego os cuento un ejemplo de "coma" vivido en mis propias carnes, la cosa queda en "stand by" hasta que se pueda acreditar que la parte vendedora coincida con la titularidad registral de la finca, el expediente no llegue a buen puerto, hasta que el cliente pueda acreditarlo, es decir, que se tenga la inscripción registral realizada por parte de los herederos, (la herencia ejecutada y registrada adecuadamente) que van a ser los que tienen que hacer la venta ....
¿Ello que supone? pues que el o la ponente, habrá perdido un montón de tiempo, el dinero de la tasación, un cabreo de tres pares ... y que abra otro hilo, preguntando como reclamar al banco la falta de información y recuperar el dinero de la tasación, en el caso, claro está, de que finalmente no comprase esta vivienda.
Mi "coma": En la primavera de 2017, compramos una nave de la que éramos inquilinos, la propiedad de dicha nave era la inmobiliaria de un banco, porque el anterior casero para pagar sus deudas hizo dación en pago de aquella finca a uno de sus bancos acreedores, la nave no tenía ninguna hipoteca, pero uno de los bancos acreedores de qual casero, se quedó con ella para cobrar.
Bien, después de más de 5 meses de papeleo, un inciso aquí, los bancos para vender una finca a una sociedad, como era nuestro caso, piden un montón de papeles, para asegurarse que el dinero con el que vas a pagar ha tributado, que los socios son personas cumplidoras de sus obligaciones fiscales, y no te piden el DNI y el IRPF de los abuelos y los suegros de los accionistas, porque no se les habrá ocurrido todavía , sigo ..... en la documentación había en contrato de alquiler, todas las modificaciones contractuales, los recibos pagados de no sé cuantos meses, etc. .....
Nos convocan a notaria, pero para facilitar el tema no tuvimos inconveniente en ir a una notaria de la capital de provincia, aunque nosotros vivimos en una zona que no es precisamente cercana a dicha capital, y entre medio tenemos dos puertos de montaña, o sea, 1:50 minutos de trayecto, mas lo que tardes en aparcar .... cuando el notario fue leyendo, al llegar a la situación de la finca, habían puesto "libre de cargas, gravámenes y ocupantes" ... a ver, a ver ... Sr. Notario, que somos los inquilinos actuales, la finca no está libre de ocupantes, la ocupa una empresa, que es la que compra, y el vendedor lo conoce perfectamente (con documentos propios y los nuestros de propina, remitidos en tiempo y forma) .... pues bien, el firmante por parte del vendedor la gestoria, que tiene poderes para vender, no pudo aceptar esta modificación, no la tenia encargada en su portfolio. Nosotros y el banco de la hipoteca, que no era el banco vendedor, sin poder creernos esto !!!! ..... no sé firmó, por fortuna el notario nos hizo un hueco por la tarde, el banco hipotecante aceptó y el representante de la gestoria del banco, nos manifestó que intentaría por todos los medios conseguir autorización de la filial bancaria para el cambio en el párrafo de "ocupantes" ..... así fue, después de comer, me paseé por la ciudad como un turista, y me la conozco bastante bien .... sobre las 6 y pico de la tarde, pudimos firmar ¿que hora estaba prevista la firma inicial? a las 10 de la mañana !!!!!