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Duda finalización de contrato y posibilidad de prórroga extraordinaria - Inquilino

3 respuestas
Duda finalización de contrato y posibilidad de prórroga extraordinaria - Inquilino
Duda finalización de contrato y posibilidad de prórroga extraordinaria - Inquilino
#1

Duda finalización de contrato y posibilidad de prórroga extraordinaria - Inquilino


Os planteo la siguiente cuestión porque estamos en una compleja tesitura y necesitamos asesoramiento. Somos un matrimonio que alquilados en un piso en Valencia capital, nuestro contrato finaliza en Abril, el contrato de arrendamiento está actualizado y sujeto al Real decreto de Ley 7/2019 del 01 de Marzo. Nuestro propietario ha enviado un burofax indicándonos que tenemos que abandonar el inmueble en Abril, cuando finalice el contrato, seguramente quiere actualizar la renta para ponerlo a un precio desorbitado, estamos intentando negociar con ella una prórroga extraordinaria anual pero ni siquiera contesta a nuestros comunicados. Por este motivo os planteo está cuestion. 

Nuestro propósito es comprar un inmueble que ya hemos señalizado pero no hay tiempo material para realizar y completar la operación antes del vencimiento del contrato de arrendamiento y estamos viendo que el tiempo se nos echa encima.

Mi consulta es la siguiente, teniendo en cuenta la nueva ley de vivienda 12/2023 aprobada recientemente ¿Podemos solicitar una prórroga extraordinaria anual por encontrarse el inmueble en zona tensionada, Valencia? ¿Hay alguna otra alternativa para que podamos estar en el piso arrendado hasta que podamos hacer la mudanza a nuestra nueva vivienda? Desconocemos si ya se han declarado las zonas tensionadas en Valencia y si tendríamos derecho a solicitar dicha prórroga.

Gracias.
#2

Re: Duda finalización de contrato y posibilidad de prórroga extraordinaria - Inquilino

Hola,

La prórroga extraordinaria “generalizada” y de obligado cumplimiento decayó el 30 de junio, por tanto, debido al vencimiento de vuestro contrato (en abril de 2024) no le es aplicable. 

No se ha declarado ninguna zona tensionada en todo el territorio nacional. Ni tiene visos de que vaya a hacerse y más, en la Comunidad que residís, si nos atenemos a las declaraciones que han vertido el ejecutivo de dicha autonomía.

Si en abril de 2024 se cumple los 5 años desde la firma del contrato, entonces, el aviso debe haberse recibido 4 meses antes. Si no, se entiende prorrogado un año más. Con un ejemplo, si el contrato vence el 19/04/2024, el primer intento por parte de Correos debe haberse realizado el 19/12/2024, aunque lo hubierais recogido después la notificación por estar ausentes. Este aspecto (puntilloso con las fechas) puede ser un motivo de presión para intentar aplazar unos meses la salida: “o nos das un tiempo extra, o no nos movemos de aquí en un año”, porque si no se cumple dicho plazo, como ya te he indicado, la duración se extiende un año más.

Y si finalmente todo se ha cumplido, siempre podéis actuar “por la vía del hecho”: si la señora se niega a una prórroga de los pocos meses que decís que la estáis solicitando, podéis seguir en la vivienda hasta que os dé tiempo a realizar la mudanza a la nueva vivienda, si este tiempo es de poca duración, las actuaciones legales no llegarán a tiempo -por lo general- para ejecutar el lanzamiento de desahucio. Pero esto es una actuación ilegal y en el juicio se puede llegar a pedir compensación adicional por daños y perjuicios.

Otra vía de negociación es aceptar la subida en la renta que quiera imponer durante los meses que necesitéis la vivienda, para que la arrendadora no sufra perjuicio económico. 

Espero haberte aclarado algo la situación,
Un saludo y ánimo.
#3

Re: Duda finalización de contrato y posibilidad de prórroga extraordinaria - Inquilino

Muchas gracias por la aclaración,  sinceramente nos has alegrado el día porque la explicación ha sido de 10! Mi enhorabuena. Hay un dato que es significativo, la notificación de correos de la finalización del contrato es posterior a los 4 meses, concretamente 3 días posterior a los 4 meses, ya hemos solicitado a correos el informe de certificado de entrega del burofax. 

Curiosamente la propietaria ha contestado a un WhatsApp que envié ayer porque pretendía negociar amablemente con ella una posible prórroga pero si contestacion ha sido rotunda y me ha dejado atónito, dice que el piso lo necesita para su disposición, sin dar más detalles, en el burofax que envió no indica nada de esto, simplemente indicó que finalizaba el contrato y que teníamos que abandonar el piso en la fecha de finalización del contrato, sinceramente pienso que intenta engañarnos una vez más y que pretende finalizar el contrato para ponerlo en el mercado a precio desorbitado. Tenía pensado enviar un burofax indicando que por el Real decreto Ley 7/2019, el contrato se prorrogará obligatoriamente por 3 años más porque el arrendador no ha notificado nada en el plazo de 4 meses. Por cierto, el propietario tiene otra vivienda a su nombre que es su vivienda habitual por lo que difícilmente no procederá a demanda. A mí entender pienso que con tanta mentira y engaño pienso que lo más recomendable sería poner esto en manos de abogados porque huele a tomadura de pelo.. ¿Que opináis? Muchas gracias por vuestra ayuda!
#4

Re: Duda finalización de contrato y posibilidad de prórroga extraordinaria - Inquilino

Hola,

Perdona la tardanza. Como no contestaste a mi mensaje particular si no al hilo, no se me notificó tu respuesta. Te indico según lo que expones en tu respuesta:

- Respecto al tema de plazos de notificación, si el primer intento de Correos o el envío del Burofax por parte de la arrendadora (aunque este inicio de cómputo es discutible) es anterior a los 4 meses de notificación, no existe la prórroga.

- Respecto al "uso propio": es un mecanismo que permite evitar las renovaciones de los contratos con un aviso menor (2 meses) siempre que este incluido en el contrato y la vivienda se vaya a destinar únicamente para el uso habitual de la arrendataria o sus familiares (art. 9.3 LAU). Legalmente se establece una indemnización si se detecta que no se ha destinado a dicho fin a pesar de haberlo alegado. En tu caso en la notificación no se refiere a este aspecto y posteriormente, en la comunicación vía WhatsApp sí, lo que hace pensar que efectivamente está intentando finalizar el contrato por cualquier medio. Podéis utilizar este argumento también como presión: "el recurso que está utilizando está tasado y si no se cumple la finalidad para la que está prevista, exigiéremos la correspondiente compensación".

- Y respecto a la "prórroga por la vía del hecho": no se os indicó, pero tened en cuenta que la arrendadora también puede utilizar actos "de dudosa legalidad", como empresas en las que el matonismo, las amenazas y las coacciones son los únicos "métodos" que conciben para obtener el desalojo forzoso del inmueble -por todos conocidas, pero me niego a nombrarlas-.

Un saludo y ánimo,