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Compra de proindiviso

7 respuestas
Compra de proindiviso
Compra de proindiviso
#1

Compra de proindiviso

Muy buenas y gracias por vuestro tiempo de antemano.
Se me ha presentado la ocasión de comprar un 66% de un proindiviso de una herencia y otra persona compraría el 33% restante. 
El terreno es un terreno rústico pero con 2 construcciones, el 66% es una casita pequeña y vieja que tendría que ampliar y reformar por unos 50.000€ y el otro 33% es una casa grande, con piscina, garaje, adoquinada… que compraría otra persona que no conozco por 150.000€.
El terreno es una herencia de 3 hermanos que en su día un hermano hizo una casa, piscina etc… y otros 2 una casita para ir a pasar los domingos, por eso yo tendría el 66%
Ahora bien, tengo 2 dudas
La primera es que en caso de que el otro indiviso sacada a subasta el bien para disolver, ¿como se le tasaría y cual es el precio de salida?A precio de mercado que es lo que vamos a pagar o a precio de catastro(40.000€ el 100%)?
Segunda duda, en caso de que el otro indiviso lo sacase a subasta le interesaría con la diferencia de precio que hay entre una parte y la otra para cobrar solo el 33%?

Y una pregunta un poco más personal… debería siquiera valorar la opción de comprar o dejarlo estar?
#2

Re: Compra de proindiviso

A ver si alguien con mas conocimiento te responde, pero una cosa debes tener en cuenta que unos hermanos hagan uso del 33% y otros del 66, en ningun caso significa que esta parte de la finca les pertenezca, todos son propietarios de toda la finca, precisamente por eso es un indiviso, no se puede dividir !!!! 

Otra cosa es que a través de acuerdo, unos utilicen una parte  y otros la restante.

#3

Re: Compra de proindiviso

Tal como te indica el compañero, que tengas un porcentaje significa que cada persona tiene una parte indivisa o fracción de la propiedad, pero no se le asigna una porción física específica o delimitada del bien. 
Respecto a lo que planteas, si la otra persona quiere vender y dices que quiere sacarla a subasta es porque no ha llegado a un acuerdo con el otro copropietario para su venta y eso implica que tiene que celebrarse demanda judicial entre ambos para la venta completa del bien. 
En cuenta la segunda pregunta, tienes que tener bien claro que estás adquiriendo algo que no puedes dividir y la relación seria siempre por consenso con el otro propietario. Es decir, imagínate que es un coche que tienes a medias con otra persona, eso implica buen entendimiento entre ambos para el uso del vehículo y mantenimiento del vehículo.
Aparte entiendo  que has revisado la situación urbanística de las construcciones para que no aparezcan sorpresas de que los inmuebles no son legalizables porque están construidos en terreno rústico.
#4

Re: Compra de proindiviso

Si, sé que el bien es conjunto y no se especifica que parte es la de cada uno , aún que hasta donde sé se puede hacer un anexo a las escrituras donde si lo especifiques bien.
El otro indiviso dudo que quiera hacer uso de lo que sería “mío” puesto que por el precio de ambos podéis imagina lo que es cada cosa, lo que no entiendo bien es por qué hay que sacarlo a subasta pública cuando el podría vender su 33% a una tercera parte 
#5

Re: Compra de proindiviso

Lo que dices de la escrituras no hay base legal para hacerlo como anexo. Lo que si puedes hacer un contrato privado de uso consensuado del bien indiviso pero no significa que la parte que use cada uno sea propiedad de cada uno de éstos.
Indicas lo siguiente: " El otro indiviso dudo que quiera hacer uso de lo que sería “mío” puesto que por el precio de ambos podéis imagina lo que es cada cosa", pero una cosa es lo que piensas y otra a lo que tiene derecho: si mañana decide hacerlo está en su derecho y si dentro de un tiempo fallece sus herederos puede que no piensen igual.
Respecto a que porque hay que sacarlo a subasta, es que no es obligatorio, simplemente es el caso extremo cuando las dos partes no llegan a un acuerdo. Te vuelvo a poner el ejemplo del coche, si tu usas el coche el martes y el otro propietario quiere usarlo los martes , como no llegáis a un acuerdo hay varias opciones: 
1º) Que tú le compres el coche
2º) Que él te lo compre a ti, 
3º) Que ninguno acepte el precio de compra del contrario, bien porque no os da la gana, bien porque ambos no quieren vender, bien porque cada uno quiere más dinero ó bien por los dos quieren quedarse el coche.
4º) Sólo queda poner el bien a subasta y la mayoría de las veces perder dinero por los gastos judiciales que supone y porque han pujado por debajo de su valor ó al final no se ha vendido porque el mínimo de salida es muy alto y el bien indiviso sigue con el mismo problema. 
#6

Re: Compra de proindiviso

A ver partiendo de la base de que nadie está obligado a permanecer en un indiviso en contra de sus deseos, no sé sicen este caso se podría aplicar y tampoco si los costes supondrían un importe relevante. 

Algunos parquins son propiedades indivisas entre todos los vecinos, pero se establece un derecho de uso exclusivo de la plaza número tal.

Entonces, sería posible establecer un sistema de uso exclusivo similar ?????
#7

Re: Compra de proindiviso

Correcto, nadie está obligado a estar a permanecer en proindiviso pero el ejemplo que indicas no se parece al que comenta el forero que pregunta porque para ponernos en perspectiva respecto al caso que mencionas, imagínate que hay 10 plazas garaje y pertenece a 15 propietarios con propiedad a partes iguales entre los quince.
En cuento al caso que plantea el forero, me había olvidado de mencionar que podría haber otra alternativa que sería hacer un informe avalado por un perito indicando que la finca con los inmuebles puede ser dividida en las partes correspondientes con entradas independientes (si fuese realmente viable) para solicitar en el ayuntamiento su partición. Aunque todo esto evidentemente implica los gastos asociados a dicho proceso.
#8

Re: Compra de proindiviso

Se me olvidaba mencionar que respecto a tu comentario de "sería posible establecer un sistema de uso exclusivo similar ????? " que efectivamente es posible pero se trataría de establecer el contrato de uso privado que mencionaba, pero esto en ningún caso cambia la naturaleza de que sigue siendo un bien proindiviso y no quita el derecho de que mañana el otro propietario no pueda querer usar la piscina o el garaje.