Acceder

Subrogación o Cancelación

1 respuesta
Subrogación o Cancelación
Subrogación o Cancelación
#1

Subrogación o Cancelación

Me quiero llevar a otro banco la hipoteca por divorcio y hacer extinción de condominio. ¿Como se tramita la cancelación con el banco actual ? ¿Se encarga el nuevo banco? Llame al servicio al cliente y me dijeron que seria una subrogación por lo tanto me cobraban el 2% .¿Como puedo evitar esto y que me cobren la cancelación que es 1% ? ¿O se refieren a que me cobran dos cosas cancelación mas subrogación?
Gracias.
#2

Re: Subrogación o Cancelación

Subrogarse es asumir las mismas condiciones que la actual hipoteca. El nuevo banco liquida la deuda al actual y asume las obligaciones y derechos de este. Lo habitual es que simultáneamente se produzca una novación (modificar alguna de las condiciones iniciales: habitualmente plazo, importe o porcentaje a pagar), por eso suele hacerse el cambio de banco.
Cancelar la deuda inicial implica una hipoteca totalmente nueva, con los gastos que ello conlleva, habitualmente superiores a la subrogación/novación. El nuevo banco debe liquidar la deuda con el actual, cancelar la hipoteca inicial y registrar la nueva.