Hola a todos,
Escribo este post para compartir mi experiencia con la plataforma de crowdlending SEGO Factoring (ahora SEGO Finance), por si le sirve a alguien que esté considerando invertir ahí.
Invertí en 11 operaciones de factoring, por un total de +3k€. Las operaciones eran facturas cedidas a aseguradoras conocidas: CED Spain, Mutua Madrileña, Pelayo Seguros, Seguros Línea Directa, Caser, AXA Seguros Generales y Seguros Ocaso. Todas tenían un scoring de riesgo de 7 o superior en la plataforma, es decir, se presentaban como inversiones bastante seguras.
¿Quién iba a pensar que el riesgo real no era la aseguradora, sino el propio cedente? Que era el mismo para todas.
Desde entonces, llevan más de dos años y medio de proceso judicial. Os resumo la cronología:
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Oct 2023: SEGO activa proceso legal con Garrigues y empieza a contactar aseguradoras.
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Mayo 2024: Se presenta demanda contra DAF y sus administradores.
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Julio 2024: Se admite la demanda. Se solicitan medidas cautelares.
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Marzo 2025: Se celebran medidas cautelares. Se acuerda embargo preventivo (previa caución de 150.000€).
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Abril 2025: Los demandados son declarados en rebeldía — ni siquiera se presentaron.
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Junio 2025: Sentencia favorable. Condena solidaria por 2.268.221,87€. Nadie recurre.
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Nov 2025: Se presenta demanda de ejecución por casi 3 millones (con intereses y costas).
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Marzo 2026: Seguimos tramitando la inscripción del embargo definitivo, pendientes de avalúo y subasta.
Es decir: sentencia firme ganada, pero a día de hoy no se ha recuperado ni un céntimo. Los demandados están en paradero desconocido, uno reside en el extranjero, y los bienes localizados están gravados con hipotecas. La realidad es que aunque se celebre la subasta del inmueble, las posibilidades de recuperar el 100% son mínimas.
El problema es el modelo en sí, se aprovechan del inversor minorista pintando el riesgo como algo mucho menor de lo que es. Estás completamente expuesto al riesgo de impago del cedente y de la PYME, con un proceso de recuperación que dura años, sin ninguna garantía real de cobrar. El scoring de riesgo de la plataforma no reflejaba (ni refleja a dia de hoy) en absoluto el riesgo real de la operación.
Además, la comunicación desde SEGO con los afectados ha sido nula (solo los updates listados directamente en la plataforma que adjunto debajo).
Están haciendo es una estafa legalizada y que en un momento de crisis mediano como el que estamos viviendo ahora pueden producirse fallos de repago en masa, y aunque creas que has diversificado, la empresa cedente detrás de varias operaciones puede ser la misma y fallar (sino es que la empresa cedente en si ya es un ponzi montado como en el caso expuesto).
Creo que se aprovechan del inversor minorista, como seguramente lo hacen con otros de sus productos como SEGO Venture, vendiendo un producto totalmente ilíquido en el que el inversor minorista queda totalmente expuesto después de invertir y ellos solo se preocupan de cobrar las comisiones de inversión.
ANEXO: Historial completo de actualizaciones recibidas de SEGO Factoring
Adjunto a continuación todas las comunicaciones recibidas desde la plataforma, sin modificar, como prueba documental del proceso:
Información relevante - 11/03/2026
Estimado/a inversor/a, Durante las últimas semanas, el equipo de abogados ha estado trabajando en la tramitación necesaria para inscribir en el Registro de la Propiedad el embargo definitivo sobre el inmueble. Esta inscripción registral es un paso relevante dentro del procedimiento de ejecución, ya que permite dejar constancia oficial de que el bien queda afecto al proceso judicial para el cobro de la deuda. Una vez se complete dicha inscripción, el siguiente paso del procedimiento consistirá en solicitar al juzgado que continúe la ejecución mediante el avalúo y la subasta del inmueble. El avalúo es una valoración oficial del bien realizada dentro del procedimiento judicial, que sirve para determinar el valor de referencia a partir del cual se podrá celebrar la subasta. No obstante, para que la inscripción del embargo definitivo pueda hacerse efectiva, previamente es necesario solicitar el avalúo y realizar la denominada depuración de cargas. Este trámite consiste en revisar todas las cargas o derechos que puedan existir sobre el inmueble (por ejemplo, hipotecas u otros embargos) con el objetivo de determinar cuáles permanecen vigentes. Una vez realizados estos trámites y completada la inscripción del embargo definitivo en el Registro de la Propiedad, el juzgado podrá proceder al anuncio de la subasta electrónica del inmueble, que se celebra a través del portal oficial de subastas judiciales. En dicha subasta, el inmueble será adjudicado al mejor postor, destinándose el importe obtenido al pago de la deuda reclamada en el procedimiento. Les mantendremos informados de cualquier novedad que se produzca en relación con la inscripción del embargo o con los siguientes pasos del proceso. Atentamente, SEGO Factoring
Información relevante - 16/12/2025
Hemos recibido las resoluciones judiciales que acuerdan el despacho de ejecución.
Información relevante - 17/11/2025
El 7 de noviembre de 2025, se presentó ante el Juzgado de Primera Instancia nº 58 de Madrid una demanda de ejecución de sentencia firme (procedimiento ordinario nº 1091/2024) contra DIGITAL ASESORES FRANQUICIAS S.L., Antonio Grimaldi Morales y Christopher Edward Windsor. La sentencia, de fecha 10 de junio de 2025 y declarada firme el 6 de octubre, estimó íntegramente las pretensiones de S&S y condenó solidariamente a los demandados al pago de 2.268.221,87 €, más los intereses moratorios pactados y las costas procesales. La ejecución reclama un total de 2.948.687,87 €, que incluye el principal, los intereses y una provisión del 30% para costas e intereses de demora. Al no haberse producido el cumplimiento voluntario de la condena, S&S ha solicitado el embargo inmediato de bienes, cuentas y derechos de los tres deudores, así como la conversión en definitiva del embargo preventivo ya inscrito sobre una finca en Torremolinos propiedad de Antonio Grimaldi. El Juzgado deberá ahora dictar auto despachando ejecución y autorizar las medidas de embargo y localización patrimonial, incluyendo la consulta al Punto Neutro Judicial, la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y las entidades financieras.
Información relevante - 20/10/2025
El Juzgado ha dictado una nueva Diligencia de Ordenación por medio de la cual –como era previsible– se acuerda que no procede realizar el oficio solicitado al Banco Santander, toda vez que la información solicitada, de existir, habría sido revelada por medio de la averiguación patrimonial efectuada por el Juzgado. Por otro lado, el Juzgado ha declarado la firmeza de la Sentencia, al no haber sido recurrida.
Seguimiento - 22/07/2025
Seguimos a la espera de nuevas noticias.
Información relevante - 20/06/2025
Se ha recibido la Sentencia del procedimiento de referencia en la que se estima íntegramente la demanda interpuesta por S&S frente a DAF y los garantes solidarios, con condena en costas a los demandados. El Fallo de la Sentencia es del siguiente tenor literal: "Se ESTIMA la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales don Ramón Rodríguez Nogueira en representación de SMART & SMALL, S.L contra la sociedad DIGITAL ASESORES FRANQUICIAS, S.L., D. ANTONIO GRIMALDI MORALES y D. CHRISTOPHER EDWARD WINDSOR con los siguientes pronunciamientos: 1.- . Se declara válida la resolución del Contrato realizada por SMART & SMALL, S.L. mediante burofax de 24 de octubre de 2023, por incumplimiento grave de DIGITAL ASESORES FRANQUICIAS, S.L. de sus obligaciones de pago. 2.- Se condena a DIGITAL ASESORES FRANQUICIAS, S.L. al pago a SMART & SMALL, S.L. de la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTIUN EUROS CON OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE EURO (2.268.221,87 €), más los intereses de demora pactados que se sigan devengando desde la presente demanda hasta el completo pago de la deuda. 3.- . Se declara que D. ANTONIO GRIMALDI MORALES y D. CRISTOPHER EDWARD WINDSOR adeudan solidariamente -junto a DIGITAL ASESORES FRANQUICIAS, S.L.- a SMART & SMALL, S.L. la cantidad total referida en el apartado anterior condenándoles al pago de la misma. 4.- Se condena a DIGITAL ASESORES FRANQUICIAS, S.L., D. ANTONIO GRIMALDI MORALES y D. CRISTOPHER EDWARD WINDSOR a las costas procesales. Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá ante la Audiencia Provincial, en el plazo de veinte días, computados desde su notificación, previa constitución de un depósito de 50 euros" Por último, frente a la Sentencia puede interponerse recurso de apelación en un plazo de 20 días desde la notificación de la misma.
Seguimiento - 16/06/2025
En relación a las Medidas Cautelares, los abogados este pasado lunes 16.06.2025 han presentado un escrito en el que: (i) trasladan de nuevo al Juzgado que los codemandados pusieron en conocimiento de S&S que ostentaban la titularidad de varios productos financieros de la entidad BANCO SANTANDER, S.A. y (ii) solicitan que se libre oficio a la entidad BANCO SANTANDER, S.A. a fin de que facilite cuanta información disponga en relación con la relación de bienes y derechos que titulen los codemandados. En relación con este asunto, hemos recibido el Decreto adjunto por medio de la cual el Juzgado acuerda la anotación preventiva en el Registro de la Propiedad Núm. 3 de Málaga del embargo sobre de la vivienda del Sr. Grimaldi.
Celebración audiencia previa - 27/05/2025
Tras la celebración de la Audiencia Previa, los abogados nos trasladan lo siguiente: El acto de la audiencia previa se celebró según lo previsto. No compareció ninguno de los codemandados, lo que es coherente con la declarada y sabida situación de rebeldía. Fue admitida toda la prueba propuesta por S&S: toda la prueba documental aportada junto a la demanda (incluido el informe pericial de cuantificación deuda), así como la documentación obrante en la Pieza de Medidas Cautelares relativa a la situación económica de los codemandados. En tanto que conforme al planteamiento comentado no se propuso prueba adicional alguna que hiciera necesaria la celebración del juicio (por ejemplo, la ratificación en juicio del dictamen pericial), los autos quedaron vistos para sentencia. Esperamos tener una sentencia pronto, lo cual dependerá de la carga del Juzgado. No obstante, haremos el seguimiento que en la medida de lo posible resulte oportuno. En cuanto a la pieza de Medidas Cautelares, se continúan haciendo las gestiones oportunas tanto para averiguar posibles bienes adicionales de los codemandados (i.e. fondos) como para hacer efectivo el embargo preventivo del inmueble propiedad del Sr. Grimaldi.
Información relevante - 16/04/2025
El Juzgado nos notifica lo siguiente: Se declara en rebeldía a los codemandados, DAF, y los Sres. Grimaldi y Windsor al no haber comparecido en tiempo y forma una vez les fue notificada la demanda de S&S. Encontrándose los demandados en paradero desconocido, se acuerda notificar la resolución directamente por edictos. Se convoca a las partes para la celebración del acto de la Audiencia Previa el próximo día 22 de mayo de 2025 a las 13:20 horas.
Gestión para la ejecución de la caución y señalamiento - 27/03/2025
Antes de proceder con el embargo preventivo, el Juzgado debe verificar que se haya consignado la caución de 150.000 euros en la cuenta correspondiente. Se ha solicitado al procurador que facilite el número de cuenta para realizar dicha consignación. Además, se está gestionando con la funcionaria del Juzgado para asegurar que el señalamiento de la Audiencia Previa no se demore excesivamente.
Parte dispositiva del Auto - 27/03/2025
El Auto dispone el embargo preventivo de los bienes de los demandados, incluyendo cuentas bancarias y bienes inmuebles, hasta cubrir un total de 2.268.221,87 euros. Además, impone la condena en costas y establece que las medidas cautelares solo serán efectivas previa consignación de una caución de 150.000 euros. Se notifica que los demandados pueden recurrir la resolución ante la Audiencia Provincial de Madrid dentro de un plazo de 20 días.
Caución y justificación del importe - 27/03/2025
El Auto establece una caución de 150.000 euros, justificando que este monto representa el 6,5% del embargo solicitado, cuyo total asciende a 2.268.221,87 euros. La caución tiene como fin garantizar la efectividad de las medidas cautelares adoptadas sin causar un perjuicio excesivo a los demandados, lo que fue considerado ajustado a la proporcionalidad.
Disponibilidad de la agenda y riesgo de descapitalización - 27/03/2025
Su Señoría manifestó que, debido a la sobrecarga de señalamientos en el juzgado, los casos se señalan hasta marzo de 2027. Por ello, se destacó el riesgo de que los demandados enajenaran su patrimonio, dificultando la efectividad de una futura sentencia. Este factor refuerza la necesidad de adoptar medidas cautelares, a fin de evitar que el caso se vea afectado por la descapitalización de los codemandados.
Peligro de mora procesal (periculum in mora) - 27/03/2025
El Auto señala la delicada situación económica de DAF, mencionando una deuda con la AEAT por 33.295,97 euros. Respecto a Windsor, se menciona que es propietario de un inmueble gravado, y que reside en el extranjero, lo que podría dificultar la ejecución de la sentencia. En cuanto a Grimaldi, se destaca una hipoteca sobre su inmueble, lo que podría limitar la venta de la propiedad para cubrir la deuda en caso de sentencia favorable.
Requisitos para la estimación de la medida cautelar - 27/03/2025
El Auto resumido establece que, tras analizar los hechos en la demanda, se demuestra la existencia de una relación jurídica y un impago, basando así las medidas cautelares solicitadas. Además, se subraya que, aunque se trata de un procedimiento cautelar, los documentos aportados acreditan una apariencia de buen derecho, estableciendo un principio de prueba a favor de la medida solicitada.
Celebración de las Medidas Cautelares - 27/03/2025
El pasado viernes se celebraron las Medidas Cautelares de manera normal. Los abogados informaron que se notificó el Auto de Medidas Cautelares, en el cual Su Señoría estimó la medida cautelar solicitada por SEGO. Se acordó el embargo preventivo de los bienes y derechos de los codemandados (DAF, Grimaldi y Windsor), y se impuso la condena en costas a los demandados.
Nueva vista de medidas cautelares - 18/02/2025
Se ha acordado realizar una nueva vista de cautelares el 21 de marzo a través de edicto, lo que implica que no existen mas opciones de notificación y no se podría suspender de nuevo. El proceso principal avanza tras haberse publicado por edicto, se da por notificada y si en 20 días no responden estarán en rebeldía procesal, por lo que continuará sin ellos.
Información relevante - 10/02/2025
Tras haber resultado negativo el intento de notificación efectuado por nuestro procurador en el domicilio de DAF indicado por el Juzgado, el viernes 07 de febrero de 2025 hemos presentado un escrito en el que informamos al Juzgado de lo anterior y solicitamos que se proceda a citar y emplazar a los codemandados por medio de comunicación edictal.
Diligencia de Ordenación recibida - 04/02/2025
El jueves pasado recibimos una Diligencia de Ordenación, por medio de la cual: - Se ha señalado fecha para la vista de medidas cautelares: 21/03/2025 11:30h. - Se acuerda la citación de la medida cautelar y el emplazamiento en el domicilio encontrado a los 3 codemandados. Dicha notificación se llevará a cabo a través de nuestro procurador en la dirección facilitada por el Juzgado.
Información relevante - 11/12/2024
En el día de hoy han notificado a Garrigues la Diligencia de Ordenación por la que se acuerda librar un oficio al Colegio de abogados de Madrid, a fin de confirmar que no existe ningún despacho de abogados en la dirección indicada en el exhorto de Villalbilla. Nos traslada Garrigues que va a seguir especialmente encima de este asunto para que este trámite sea lo más rápido posible.
Información relevante - 22/11/2024
En relación con el procedimiento seguido frente a DAF y los garantes solidarios, hemos recibido en el día de ayer la Diligencia de Ordenación adjunta por medio de la cual, a la vista del resultado del exhorto remitido al Juzgado de Paz de Villalbilla en el que se indica el domicilio del despacho de abogados del Sr. Windsor, se acuerda remitir oficio a dicho despacho de abogados, a fin de que facilite un domicilio de aquel y "con su resultado se acordará". Nuestro procurador sigue muy encima de este asunto, a fin de que se despache el oficio a la mayor brevedad.
Información relevante - 05/11/2024
El Juzgado no ha podido emplazar correctamente a ninguno de los demandados a través de correo certificado en sus domicilios, bien por haber sido devuelto por "Desconocido", bien por haber resultado "Ausente". Ante nuestra insistencia, el Juzgado, por medio de Diligencia de Ordenación de fecha 5 de septiembre de 2024, acordó notificar por NOTE (medios electrónicos) a DAF. Frente a ello, el Juzgado ha acordado volver a intentar la notificación por medio de correo certificado urgente. En lo que respecta a los administradores, el juzgado acordó directamente volver a intentar su notificación por medio de correo certificado urgente. A día de hoy no ha llegado al Juzgado el resultado de estas nuevas notificaciones. Tan pronto conozcamos el resultado de las nuevas notificaciones, solicitaremos que se acuerde la averiguación domiciliaria de los demandados, para que el Juzgado efectúe de nuevo la notificación en aquellos domicilios distintos que resulten de dicha averiguación.
Información relevante - 18/09/2024
Se está gestionando por parte del Equipo Jurídico el emplazamiento de DAF y sus administradores para la Audiencia del 31 de octubre.
Fecha para las medidas cautelares - 09/07/2024
Recibido Decreto del juzgado, con fecha 02 de julio de 2024, por el cual se admite la demanda y los documentos que acompañan. A partir de ahora, la otra parte cuenta con un plazo de 20 días para formular contestación. Además de la apertura del procedimiento, se requiere la aplicación de unas medidas cautelares con la finalidad de asegurar los bienes afectados, propiedad de los Administradores de DAF. Estas medidas cautelares tienen como fin evitar que los Administradores se deshagan de estos bienes. Para la resolución de estas medidas cautelares, se convoca a las Partes el 31 de octubre de 2024.
Información de la demanda - 28/05/2024
Demanda presentada con fecha 21/05/2024 contra Digital Asesores Franquicias SL y sus dos administradores como garantes de la operación, reclamando el importe total del importe de las facturas adeudadas. Garrigues también nos informa que la demanda ya habría sido turnada al Juzgado de Primera Instancia núm. 58 de Madrid, cuyo titular actual es la magistrada Cristina Villar Cuesta.
Presentación de demanda - 21/05/2024
Demanda presentada.
Información relevante - 04/04/2024
Hemos recibido pagos de Easy Repair y Seguros OCASO, los cuales nos han permitido devolver dos operaciones
Información relevante - 22/02/2024
Hemos recibido pagos de Seguros Santa Lucía y Seguros OCASO, los cuales nos han permitido devolver tres operaciones. Seguimos trabajando junto a los abogados en la preparación del proceso judicial y el esquema probatorio que va a ser utilizado. En paralelo, hemos enviado nuevos burofaxes tanto a DAF como a las deudoras de las que no habíamos recibido respuesta. Asimismo, continuamos trabajando diariamente y de manera prioritaria en la operación. Ante cualquier novedad relevante, informaremos a la mayor brevedad posible por esta vía.
Bloqueo de pagos - 27/12/2023
Mutua confirma que bloquea los pagos mientras se aclara el acreedor de los créditos.
Información relevante - 18/12/2023
Se ha conseguido que Seguros Ocaso y Línea Directa empiecen a pagar en la cuenta de Sego. Se añade a Santa Lucía. Mantenemos Lozano Call y CED Spain bloqueados y en conversaciones con nuestros abogados. En resumen, se continúa trabajando a través de 3 vías para recuperar los importes: Primero cobro directo de las aseguradoras. Segundo, cobro directo de DAF. Tercero, la operación tenía firmada avales personales por parte de los socios de DAF. Se está preparando toda la documentación por si fuera necesario iniciar el proceso también contra las garantías de los socios.
Información relevante - 29/11/2023
Tras la entrada de una nueva dirección financiera en DAF, veníamos acumulando retrasos cada vez más largos en los pagos de las aseguradoras que trabajan con DAF. Después de unas semanas de investigación y de diversas conversaciones con las propias aseguradoras, hemos comprobado que era la propia DAF la que estaba bloqueando estos pagos, alegando a las aseguradoras que debían pagarles a ellos directamente. Estamos trabajando con el equipo legal de Garrigues para demostrar a las aseguradoras la veracidad de los contratos de cesión de crédito que tenemos con DAF, y en cualquier caso bloquear cualquier pago que éstas puedan hacer. Tenemos la confirmación de Santa Lucía de que los pagos serán emitidos a nuestra cuenta. Y tenemos bloqueados Seguros Ocaso y Easy Repair. También tenemos conversaciones avanzadas con Lozano Call y con CED Spain para bloquear sus pagos.
Seguimiento - 16/11/2023
Esta última semana no hemos tenido novedades. Hemos reenviado las comunicaciones a las aseguradoras, a la vez que hemos estado en conversaciones con Garrigues para definir próximos pasos.
Información relevante - 10/11/2023
Hemos empezado a recibir pagos de Santa Lucía SA, que ha recibido la comunicación remitida en fecha 24/10/2023, esperamos que la respuesta a esta comunicación por parte de las aseguradoras que no han contestado hasta ahora vaya en la misma dirección. Iremos informando. Para cualquier cuestión o aclaración, puede contactar al +34 919 49 41 85.
Comunicación enviada - 31/10/2023
Todas las compañías aseguradoras han recibido la comunicación enviada. En esta comunicación informamos de que la gestión de los créditos a partir de ahora deberá realizarse directamente con SEGOFACTORING. Desde la semana pasada nos mantenemos a la espera de las respectivas respuestas, que esperamos vayan llegando esta semana. Cualquier novedad al respecto se informará a la mayor brevedad.
Información relevante - 17/10/2023
Como se anunció previamente, la cartera de DAF con las diferentes aseguradoras ha sufrido un retraso de algunas semanas en los pagos. DAF mantiene su nivel de ventas y los créditos pendientes de cobro con las aseguradoras cubren ampliamente los saldos adeudados a Sego y todos los inversores. Con vistas al retraso que se está acumulando, desde Sego Finance mantenemos monitorizada la cartera y hemos activado el proceso legal con los abogados (en este caso estamos trabajando con el despacho legal de Garrigues, considerado como uno de los bufetes españoles más prestigiosos), buscando acelerar el proceso de cobro. En caso de no tener pagos esta semana, el próximo viernes día 20 se notificará tanto a DAF como a todas las compañías aseguradoras la necesidad de resolver con la máxima urgencia posible todas las operaciones con retraso en el pago. Y se pedirá a las aseguradoras atender la obligación de resolver los créditos cedidos a Sego antes de realizar cualquier otro pago a DAF.
Información relevante - 27/09/2023
El pago de toda la cartera de DAF se ha visto afectado por un cambio en la dirección financiera de la empresa. Por ello, los pagos van a retrasarse. Esta situación no afecta a la cartera con las aseguradoras que financiamos, pero sí a su momento de pago; del que esperamos informar a la mayor brevedad.