El ejemplo de la wiki no es correcto, yo simplemente me remito a la ley, que es la que se aplica para repartir los escaños. Yo no hago ninguna interpretación de la misma.
El proceso de asignación de escaños tendría dos fases:
1) Determinar que partidos entran en el reparto (artículo 163.1.a LOREG). En esta parte del proceso el voto en blanco si podría tener alguna influencia si fuese muy elevado, ya que puede aumentar el umbral del 3%, o del 5% para las municipales y algunas elecciones regionales, y podría dejar fuera a algún partido minoritario.
2) Reparto de escaños (artículo 163.1.b y c LOREG). En esta parte del proceso sólo se contabilizan los votos emitidos a candidaturas, con lo que el voto en blanco no tiene, ya, ninguna influencia.
Se puede discutir si es mejor votar en blanco, nulo, abstenerse o votar a una candidatura X o Y, pero el reparto de escaños es como es y el voto en blanco no se contabiliza para repartir los escaños y su influencia, en la práctica, es insignificante.
Abstenerse, votar en blanco o nulo puede tener muchas interpretaciones pero al fin y al cabo no deja de ser un posicionamiento poco práctico, respetable eso sí, para cambiar una situación.
El tema de establecer un umbral para acceder al reparto de votos puede venir motivado para evitar un fraccionamiento excesivo de la representación. Evidentemente favorece a los partidos grandes y medianos y perjudica a los más pequeños.
Finalmente te hago un ruego: si alguna vez citas fuentes externas es aconsejable indicarlo en el post donde transcribes dichas fuentes.
Un saludo