Re: El negocio de los bancos: recomprar a la baja sus preferentes.
El cliente ha comprado un producto concreto, que se tenía que haber colocado sólo tras una evaluación de sus conocimientos, experiencia y conveniencia del instrumento para su objetivo de inversión; y, en caso dd que esa evaluación fuese negativa, no se debería haber vendido; si la evaluación es positiva y se le facilita la información y documentación precontractual preceptiva, que incluya advertencia de todos los riesgos, y el cliente quiere comprar el producto, la contratación será válida. Teniendo en cuenta que el producto comprado debe respetar a lo largo de toda su vida las condiciones de partida, por lo que no sería admisible que se cambiara la figura del emisor de las participaciones en forma perjudicial para el tenedor de las participaciones; si ese cambio de emisor da lugar a que el cliente pierda ingresos, podrá oponerse o pedir la indemnización de los perjuicios que se le ocasionen.