Acceder

Afectados OS Banco Popular

757 respuestas
Afectados OS Banco Popular
20 suscriptores
Afectados OS Banco Popular
Página
52 / 52
#766

Re: Afectados OS Banco Popular

No fuimos tontos. Fuimos engañados.

En otro foro han pedido que aquellos bufetes que vayan consiguiendo sentencias firmes, nos lo hagan saber. Es una buena iniciativa. De todas formas, comentan que existe unos enlaces del consejo del poder judicial que las publica, ocultando los datos personales, claro está.

No todos los gordos van a poder salir adelante. Sobre todo aquellos que formaban parte del consejo de administración.

Los accionistas y obligacionistas de a pie,como tú y yo, tenemos más posibilidades.

#767

Re: Afectados OS Banco Popular

En este caso estáis hablando del hecho que parecen ya sentencias que le están dando razón a la gente que contrató las obligaciones a través de sucursales del Banco. Mi pregunta es si hay algo al respecto de gente que contrató o suscribió las obligaciones a través de otro tipo de intermediarios como Renta4 y demás. Sabéis algo al respecto?

Un saludo

#768

Re: Afectados OS Banco Popular

No se nada en ese sentido, yo las que se son de compradas en la sucursal, alguna del mercado secundario, pero ofrecidas por la sucursal del banco.

Saludos

#769

Re: Afectados OS Banco Popular

Me gustaría saber si hay otro post tanto en este foro como en otro que tocan este tema de las obligaciones que fueron adjudicadas en Renta4. Pienso que tiene que haber alguien más por aquí, no?

#771

Re: Afectados OS Banco Popular

Mil Gracias, por tu ayuda. 

Un saludo

#773

Re: Afectados OS Banco Popular

Yo tengo las subordinadas del año 2011, y no entiendo por qué pones como fecha desde la que reclamar del 2015, cuando en ningún momento el Popular hizo el canje de las obligaciones a acciones. Sé que tenia esa posibilidad, peor no la llegó a aplicar en ningún momento y fue en el 2017 junto con la venta del Popular cuando hizo toda la maniobra, pero no antes.
#776

Re: Afectados OS Banco Popular

Buenas tardes  Juan Carlos.
para presentar la documentacion que interrumpe la prescripcion de la reclamacion, da lo mismo que en la cabecera de la documentacion aparezca una u otra entidad?
Es que como muchas otras personas me estoy descargando de internet el formulario y en la cabecera, logicamente aparece el logo de la empresa que lo ha redactado. Supongo que eso es indiferente?
o tal vez recomiendas que se redacte otro sin cabecera?
muchas gracias